Sanción inspección técnica ascensores

De que en una comunidad en la que por mala gestión del anterior administrador se ha llegado a crear un deuda con la empresa de mantenimiento. La cdad ante esto ha ido a negociar dicha deuda para poder ponerse al día y seguir con el mto. El caso es que la cdad no tiene dinero para pagar la deuda a la vez que el mto por lo que se pretende congelar dicho mto hasta poder pagar la deuda. Por otro lado, a la vez que esto ocurre la cdad recibe una carta sobre la inspección técnica del ascensor... ¿cobran por hacer estas inspecciones? ¿Habría sanción en caso de que viniesen a hacerla y no estuviera contratado el mantenimiento del ascensor?

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Por esta inspección cobra una empresa diferente a la del mantenimiento del ascensor, lo pueden gestionar a parte, no suele ser un desembolso muy grande.

Les compensa contratar la revisión, si el ascensor esta en buenas condiciones no tendrán problema en pasarla, de no hacerlo pueden tener multa e incluso clausura del ascensor tendrían que consultar la normativa de su ayuntamiento o comunidad autónoma que es quien se encarga de la revisión. La obligatoriedad de esta revisión es por su seguridad.

gracias por contestar,

pero no me ha quedado claro de si sería obligado tener contratado el mantenimiento por la empresa correspondiente para pasar la revisión???

gracias

saludos

La revision la tiene que pasar una empresa homologada por su comunidad o el ministerio de industria pero cumpliendo estos requisitos de capacitación puede ser quien ustedes quieran.

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