1. La normatividad vigente es muy clara al definir esos espacios como "exclusivos para el parqueo de coches o automóviles", entonces tenemos que esos vecinos están violando dicha normatividad.
2. Si ocurre algún accidente el seguro difícilmente reconocerá algo por los daños y perjuicios ocasionados por el uso indebido de esos espacios.
3. Las comunidades autónomas no pueden estar excluidas de la normatividad general.
Para ser mas precisos: En una asamblea de copropietarios se autorizó a un vecino a utilizar su plaza como trastero y éste hizo un encerramiento con material para proteger lo que allí guardaba... para resumir el asunto es que la aseguradora no les renovó la póliza y al averiguar con otras aseguradoras la respuesta fue la misma pues nadie asumía esa responsabilidad "por haber dado un uso diferente ese espacio o cambiar la estructura general de la comunidad". Aunque el vecino alegó que era autorizado por la asamblea y demandó a la aseguradora por negarse a renovar el seguro la respuesta del juez fue contundente: "la asamblea se equivocó al tomar esa determinación"... conclusión le tocó demoler toda la estructura para que la comunidad pudiera optar por el seguro.
Como puedes observar las aseguradoras pueden argumentar cualquier cosa para negarse a pagar un seguro, pero lo importante es la respuesta del juez porque en menos de un renglón solucionó en forma definitiva los alegatos de las parte quitándole la razón a todos y así de simple.