Aportación no dineraria a Empresa S.L.

Tenemos una sociedad Limitada de ámbito familiar, de actividad agraria y ganadera, la cuestión es que mi madre (que es la gerente de la empresa) adquirió como persona física dos módulos fotovoltaicos en un parque solar, y quiere aportar al patrimonio de la empresa dichas instalaciones. El valor de la compra en factura asciende a 200.000 + 16% IVA en total. = 232.000?
1-¿Qué pasos debemos dar para aportar esa compra realizada por mi madre al patrimonio de la sociedad?
2-¿Cómo podemos recuperar el IVA que se ha pagado a Hacienda a través de la empresa?
En fin, espero sus respuestas, y estoy a su disposición para cualquier aclaración.

3 Respuestas

Respuesta
1
A primera vista solo veo dos caminos posibles para proseguir.
En primer lugar, se puede aportar dicho material como ampliación de capital a la sociedad, lo cual aumentaría su participación personal en la misma, o ella puede vender los módulos a la sociedad por el mismo importe que pagó.
En este segundo supuesto, ella facturaría a la sociedad con iva (lo cual deja su declaración personal a cero) y el iva quedaría pendiente en la declaración trimestral de la sociedad. Sin embargo, también tendrá que declarar dicha venta como ingreso en su declaración de la renta.
¿Existe posibilidad de que el proveedor cambie la factura original a nombre de la sociedad?
Un saludo muy cordial,
Dennis Lewis
Empresa de Éxito
Respuesta
1
Para incorporar a la empresa dicho activo es por medio de la aportación dejando constancia en acta notarial que es suficiente y su contabilización, el Iva fue causado por tu madre como consumidora final y no hay forma de recuperarlo por medio de la empresa. Saludos.
Respuesta
1
Bueno en principio y para la sociedad, con la factura de compra y el desglose del iva, es suficiente para incluirlo como un bien inmovilizado para la sociedad y deducirse el pago del impuesto y las amortizaciones. Esto no implica un mayor capital social. Si queréis incluirlo en el capital social deberéis acudir a un notario con los balances y él os indicará como proceder.l
En cuanto al tema de tu madre, si tenia declarada algún tipo de actividad con esa propiedad en hacienda, deberá ingresar el iva, y si la pertinente declracion de irpf por el beneficio. Si no es así supuestamente en renta anual, debía declararlo como una explitación o un bien, no sé, pero la operación de venta debería declararla.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas