La disposición transitoria quinta del RD 1514/2007 que aprueba el PGC (en el caso del PGC PYMES, la disposición transitoria sexta del RD 1515/2007) dispone que los desarrollos normativos en materia contable, en particular las adaptaciones sectoriales, continuarán aplicándose tras la publicación de los actuales planes en todo lo que no contradigan a la normativa actual. Ahora bien, no nos consta que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas haya elaborado, bajo los actuales Planes o el anterior, adaptación sectorial para colegios concertados o enseñanza en general. Por tanto, la adaptación del PGC o PGC PYMES se realizaría por cada empresa o centro en concreto y en función de las necesidades de registro de las diferentes operaciones que realice. Esto es en virtud de la flexibilidad que los propios planes conceden en la aplicación de su cuarta parte (cuadro de cuentas), la cual, no es de obligatorio seguimiento en cuanto a la numeración o denominación de las cuentas, pero sí una referencia válida en la elaboración de las cuentas anuales. Un saludo. Espero que la respuesta te sirva de ayuda. Te indico diferentes canales en los que quedamos a tu disposición para cualquier ayuda que pudieras necesitar: