Notaria o registro propiedad

Buenas, le pongo en antecendentes. En el año 2008 me divorcié y en el divorcio me quedé con la vivienda al 100% (no hay hipoteca, estaba ya pagada). La abogada nos solicitó un permiso a la Junta de Andalucia ya que la vivienda es de VPO,y nos dieron apto como comprador y como vendedor. Hoy he ido al notario y me dice que sólo tengo que ir a Hacienda, pagar un impuesto y luego al registro de la propiedad, para que me figure al 100%.

Mi pregunta es ¿no tengo que modificar nada en la notaria?¿si dentro de unos años decido vender la vivienda, tendría que firmar mi ex-marido algo? En las escrituras está su nombre también.

Espero su respuesta. Gracias.

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Con la sentencia del divorcio, en el que se le adjudica la vivienda, no es necesario realizar otra escritura. Y usted solo tiene que liquidar el impuesto y presentarlo en el Registro de la Propiedad, pasando a estar al 100% a su nombre y no siendo necesario ninguna firma de su ex-marido en el futuro...

Agradecemos valoración de la respuesta.

¿Sabría indicarme cuanto supone ese impuesto? ¿ cual es?¿ el de transmisiones? ¿en el Registro de la Propiedad, tendría que pagar algo?.

Sé que estoy abusando de su generosidad pero desconozco sobre este tema.

Gracias anticipadas.

Pues entendemos que ha de pagar transmisiones (el 7% normalmente), pero eso se lo confirmara Hacienda de su comunidad autónoma.

Al Registro también hay que pagarle, pero eso son precios por arancel, en función del valor... puede pedirles un presupuesto.

Agradecemos valoración de la respuesta.

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