Somos una asociación sin ánimo de lucro

Somos una asociación sin ánimo de lucro. Estamos en el CNAE 9499. Somos 5 trabajadores y nosotros mismos llevamos todo el papeleo, nóminas, seguros sociales, etc. Solicitamos la exención del IVA y ya la tenemos reconocida. A parte del modelo 110 y el 190, ¿tenemos alguna obligación más?, ¿Algún tipo de impuesto o modelo fiscal?
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Respuesta
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En principio la asociación debería presentar también las siguientes liquidaciones y documentos:
- Modelo 347: Por las operaciones realizadas con terceros en el año anterior por importe glogal superior a los 3.000 euros, incluidas subvenciones públicas
- Impuesto de Sociedades, las asociaciones deben liquidar y presentar este impuesto, aún las que carecen de ánimo de lucro. Si bien suele ocurrir que los "beneficios" son nulos y la cuota a pagar es cero.
- A pesar de tener la exención de IVA, si se realizan actividades sujetas a este impuesto sería necesario declararlo (alquiler de locales, regentar un bar,...)
Esto es lo legal, ahora bien, conozco muchas asociaciones con y sin ánimo de lucro y jamás he visto que Hacienda les pida más de lo que ya hacéis. Ninguna presenta ni impuesto de sociedades ni modelo 347 y nunca se les ha exigido.

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