¿Es deducible el iva de un vehículo para una actividad profesional?:
Es referente a un vehículo todoterreno que se va a comprar un profesional,
su actividad de negocio es la de veterinario, el IAE esta en la 2ª sección
división 0, grupo 024.
Necesita el vehículo todoterreno para su actividad, exclusivamente se va a
destinar a la actividad, y además estará rotulado.
Mi pregunta es si el IVA de la compra del vehículo es deducible.
Y además si se puede amortizar dicho vehículo en el IRPF y se puede llevar
progresivamente a gastos como amortización.
No sé si los gastos de gasolina de dicho vehículo se pueden llevar a gastos.
Alguien me ha comentado que los vehículos turismos (aunque este no es un
turismo), solamente se pueden llevar a gastos si se dedican exclusivamente a la
actividad comercial, o de auto-escuelas, o de taxis.