¿Cuál es la diferencia?

Para divorciarse ¿hay qué solicitar primero una demanda de separación o se puede directamente solicitar la demanda de divorcio? Gracias.

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Con la Ley actual, si es de mutuo acuerdo y mediante un pequeño truco (declarar que se ha interrumpido la convivencia conyugal dos años atrás - dormir en habitaciones separadas aunque sea en el mismo domicilio vale- y los jueces no suelen poner "pegas") se puede tramitar el divorcio directo. En caso de no haber acuerdo obligaría a presenatr primero la demanda de separación o petición de Medidas Provisionales. En este último caso resulta aconsejable esperar a la promulgación de la nueva Ley o, presentar la demanda y pedir acogerse a la nueva Ley, que prevé que los casos pendientes a la fecha de su promulgación puedan acogerse a ésta.
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Un abrazo
Antonio

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