Pues lo que realmente ocurre es que la miotad delos jueces estiman, con total lógica, que si la pensión es para los hijos, son ellos quienes deben administrarla al menos desde la mayoría de edad. Sin embargo, hay otra mitad que creen que ese dinero deben percibirlo las mamás, dándose el aberrante contrasentido de que se incapacita a un mayor de edad para disponer de su dinero saltándose cualquier procedimiento legal. En mi caso, yop procedí a pagar en las cuentas de mis hijos al cumplir 14 años y poder abrir cuentas banacarias y un par de años más tarde, ante la reclamación de su madre, el juez la desestimó basándose en que el tiempo transcurrido implicaba una aceptación previa por su parte. Sin embargo, se corre el riesgo, si lo haces sin acuerdo, de que te condenen a pagarle a ella de nuevo...
Es cuestión de tantear al juez y, en todo caso, si la niña ya es mayor de edad, valdría la pena correr el riesgo de hacer lo que propones, a ver por donde respira su mamá. En
http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com se puede ver la noticia en que la Audiencia de Valladolid embargó la pensión de alimentos de un niño para pagar la deuda que su madre tenía con su abogada. DE vómito, pero...
Un abrazo solidario
Antonio