Separación

Hola:
Mi caso es el siguiente; llevo viviendo hace 2 años con mi pareja en una vivienda de protección oficial, la cual se la concedieron a ella. Tenemos una hipoteca suscrita por 72.000 euros a nombre de los dos. No estamos casados, solo vivimos en pareja.
Quisiera saber, en caso de separación, que puedo reclamar, que parte de la vivienda me corresponde, que pasaría con la hipoteca, etc.
Gracias y un saludo.
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Puedes reclamar todas las cantidades que hayas pagado de esa hipoteca, y si se pagaron de una cuenta conjunta, la mitad de las mismas. La casa se la quedará ella.
Las cantidades si la vivienda se puede vender como libre, se deberán actualizar según el valor de mercado de la vivienda, si no se actualizarán conforme al IPC.
¿No puedo reclamar el 50% de la vivienda? No lo comprendo
No le puedes reclamar el 50% porque no estaus casados por gananciales, porque la vivienda estará en el registro a su nombre, y porque no la habéis terminado de pagar. Solo le puedes reclamar el 50% de lo que se haya pagado de la vivienda. Por supuesto si os separáis la hipoteca habrá que ponerla a nombre de ella.

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Si la vivienda esta exclusivamente a nombre de ella, le corresponde la totalidad del bien, lo cual sería bastante extraño, dado que por lo general las hipotecas son otorgadas a los propietarios y por esa razón se te debe haber otorgado a ti también.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Te agradezco tu tiempo al contestarme a la pregunta, pero quizás debía haberme explicado mejor: hace 2 años que vivimos en la vivienda de VPO, cuando empezamos a vivir allí, ella ya llevaba 1 año con la hipoteca a su nombre y luego la cambiamos a nombre de los 2. Quizás ahora si me haya explicado bien.
Gracias
Por el hecho de no estar casado, esto constituye una comunidad sobre un bien inmueble, por lo cual te corresponde el 50% de la propiedad total. Respecto de la hipoteca pueden continuar pagándola entre ambos, o bien, en caso que uno solo asuma la propiedad del bien, puede pagar al otro la parte que corresponde de los pagos efectivamente realizados, solicitando a la entidad beneficiaria de la hipoteca haga sustitución de deudor, dejando exclusivamente a quien asuma la propiedad exclusiva.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Si es cierto todo lo que me comentas, sería maravillosa, pero creo que el piso al ser de VPO y habérselo concedido a ella, es ella la que le corresponde el 100% del bien. ¿No es cierto?
Ahora bien, en las circunstancias que me planteas, lo único que te correspondería es reclamar lo que pagaste con cargo a esa hipoteca, dado que no actúa en tu beneficio actualmente, además de solicitar se te exima de dicha responsabilidad por igual motivo.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Bueno,... está complicado el tema, pero es injusto que ella sea la beneficiada en la propiedad integra de la vivienda, ya que los dos somos "oficiosamente" co-propietarios, pero no lo soy oficialmente,... estoy desesperadillo,..
Gracias
Ya se que soy muy pesado, pero es que no tengo ni idea de como proceder para que se me exima de la responsabilidad del pago de la hipoteca,...¿qué hay que aportar? ¿Dónde tengo que acudir?,... Gracias
Creo que de todas maneras debieras intentar la restitución de lo que has pagado y que se te exima de la responsabilidad de la hipoteca.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Muchas gracias por tu tiempo e información. Tus respuestas han sido de gran ayuda. Muchas gracias de nuevo.
Te aconsejo que lo intentes primero de común acuerdo, para ver si ella accede, de lo contrario recurrir al juzgado en lo Civil y demandar por los perjuicios que la hipoteca te genera, sin recibir beneficios de ella.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
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Si puedes documentar los pagos que has hecho,(si no lo has hecho, hazlo cuanto antes) podrás reclamar la devolución del dinero con los intereses legales. La propiedad o parte de lla no, pues sólo ella tiene derecho.
De todas formas, ¿no se genera ningún tipo de derecho sobre el inmueble? Hemos vivido en él 2 años juntos. ¿No se considera de los dos? No lo comprendo,
Gracias
No tienes derecho, aunque hayas pagado parte porque la concesión se la hicieron a ella (vivienda de protección oficfial). Si la hubierais adquirido en el mercado libre, sí que tendrías derewcho a una parte proporcional según la cantidad aportada. Espero habértelo aclrado, y, salvo mejor opinión (que dicen los juristas) creo que lamentablemente estoy en lo cierto. Un abrazo
Si no estáis registrados, bastaría vuestro testimonio y, si ella no quiere, el testimonio de amigos comunes a la par que la escritura de la hipoteca.
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La vivienda es sólo de ella y lo que le suceda es problema de ella en caso de separación, pero al momento de la hipoteca, por haber firmado ambos, a ambos les corresponde pagarla por igual. Está usted en situación de desventaja.
Sólo si usted reúne los requisitos de pareja estable, puede solicitar parte de la casa, pero si no es así, sólo asume obligación ante la hipotecapero no derecho a la casa porque usted no es titular.
¿Qué significa reunir los requisitos de pareja estable?
Me refiero a la convivencia como pareja. La ley prevé que las parejas, aunque no estén casadas, adquieren ciertos derechos sobre los bienes y/o ante la ley con respecto a su pareja por el simple transcurso del tiempo de convivencia
Una persona que no está casada, pero vive determinado tiempo como pareja de otra puede adquirir derechos como si estuviera casada, con sus limitaciones, pero tiene ciertos derechos.
¿Y cuánto tiempo es necesario la convivencia para que sea como si estuviéramos casados? ¿Qué puedo hacer?
Muchas gracias por tu interés.
Muchas gracias, sus conocimientos sobre la materia me han sido de gran ayuda. Gracias por su tiempo.
Depende de la legislaicón local aplicable. Cada código civil establece reglas diferentes. Habría que revisar su ley local.
A veces puedens er 5 años, a veces 3 y ocasionalmente sólo un par de años, pero depende del caso concreto, cómo hayan convivido, si hay hijos, bienes en común, etc.
Lo que hay que hacer es vivir todo el tiempo posible con ella, convivir como marido y mujer (aunque no lo sean) y ver la manera de escaparse de esa situación lo antes posible, pues el día que haya una pelea podría usted quedarse sin nada.
Puede ser modificando los términos de la hipoteca, adelantar pagos o algo. Pienso que se precipitó un poco en firmar, pero ya lo hecho, hecho está.
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Si la escritura de la casa esta a nombre de los dos podrás reclamarle la mitad del piso, aunque se lo concedieran a ella.
La hipoteca tendréis que seguir pagándola los dos porque esta a nombre de los dos.
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Al no estar casados la vivienda si figura inscrita a nombre de tu chica exclusivamente, le pertenece en exclusiva salvo que ella misma reconozca lo contrario.
Al suscribir una deuda hipotecaria sólo has suscrito un préstamo con la garantía del piso, lo que no significa que el piso sea tuyo sino que tú y tu pareja recibisteis un dinero del banco que tendréis que devolver y si no lo devolvéis el banco ejercitará acción hipotecaria sobre el piso y se venderá en pública subasta.
No te corresponde en principio parte de la vivienda salvo prueba en contrario de copropiedad, que me imagino no posees (un documento de reconocimiento de deuda y dación en pago de la mitad de la vivienda, escritura pública o contrato privado de compraventa a tu favor sobre la mitad...)
En caso de separación seguirás siendo codeudor con tu pareja del préstamo hipotecario aun cuando no te corresponda la mitad del piso, pero sí le puedes reclamar a ella la mitad del préstamo que recibisteis si lo aplicasteis en la adquisición de la vivienda, pero si lo aplicasteis a otros fines la cosa es más complicada.
Y si no pagáis la deuda el banco ejecutará el piso y tu pareja se quedaría sin el.

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