Venta piso

Mucho agradecería su ayuda en el tema que expondré a continuación:
Estoy separado y posteriormente divorciado, en el divorcio contencioso la única medida del convenio regulador que se modifico fue la pensión alimenticia que el Juez limito hasta septiembre de este año (2008)
En el convenio regulador de la separación se estableció que mi ex cónyuge permanecería en la vivienda mientras mis hijos convivieran con ella y como máximo 31-12-2012. Llegada esta fecha el piso se vendería y yo le pagaría una pensión compensatoria equivalente al 10% del valor del piso, es decir yo le reconocía el 60% de la propiedad.
Me acaba de proponer una liquidación del condominio, ella me pagaría una cantidad en efectivo y la pensión compensatoria y alimenticia la deduce del valor:
Paga: 100.000,00
Pensión alimenticia: -10.000,00
Pensión alimenticia -5.000,00
Valor de mi 50% 115.000,00
¿Se puede instrumentar esto ante el Notario en el documento de liquidación del condominio?
¿Tengo qué pasarlo por el Juzgado o no es necesario? A mí me parece que no es una modificación de medidas pero la verdad es que no lose.
Muchas gracias y un cordial saludo.
Respuesta
1
En efecto, es posible que quede todo estipulado claramente en el documento notarial de liquidación del condominio, estableciendo cada uno de los conceptos y sus valores, dejando claro que por este acuerdo se te libera de toda obligación respecto al convenio regulador. Te recomiendo que de todas maneras una copia de la liquidación con el acuerdo completo, sea ingresada al tribunal indicando que las partes han decidido liquidar las obligaciones en la forma que se indica en el documento. De esa manera te proteges ante cualquier eventualidad ya que el tribunal queda al tanto de que las obligaciones totales están cumplidas quedando liberado de todo evento futuro.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
Muchísimas gracias por la respuesta tan rápida dado que me encuentro en una situación en la que la rapidez es fundamental para realizar la trasacción, y lo que no quiero es que esta rapidez nos lleve a cometer un error que traiga perjuicios posteriores.
Una duda, ella va a pedir una hipoteca para hacer efectivo el pago, de esta manera el notario será el del banco que concede la hipoteca, el cual me dice que presente un modelo, pero no se como puedo hacerlo, cada uno de los puntos y sus valores crees que deben ir reflejados en la cláusula de liquidación del condominio o sería mejor que fueran clausulas separadas por cada uno de los conceptos, una aclaración que no hice es que en el convenio regulador esta es una propiedad que aparece como privativa al 50%:
"Se le otrorga un valor al inmueble de : 300.000 ?
¿La propiedad del vendedor es del 50% con un valor de 150.000,00?
Se deduce del valor de venta la pensión compensatoria que figura en el convenio regulador en la cláusula 15ª por el 10% del valor total otorgado al inmueble: ¿30.000,00?
Se deduce la pensión alimenticia dictada en la sentencia de divorcio, ¿qué falta por abonar hasta la fecha de septiembre de 2008 por importe de 5.000,00?
¿La parte vendedora recibe en este acto un importe de 115.000,00? Quedando liberado de cualquier obligación derivada del Convenio regulador de separación de fecha ... y de la sentencia de divorcio de fecha..."
Otra duda es si la entrega de la copia simple (¿puede ser copia simple verdad?) En el juzgado tiene que hacerla un procurador o la puedo llevar yo al registro del juzgado.
Muchas gracias por tu ayuda
Te recomiendo que se incluya una sola clausula en la que se detalle claramente cada uno de los puntos acordados con sus montos respectivos, dejando claramente establecido que se entiende cumplido cabalmente el convenio regulador y sentencia de divorcio, quedando liberado de toda obligación establecida en ellos. Respecto de la copia que va a ir al tribunal, debe ser copia autorizada ante notario, de manera que el tribunal no discuta su validez y quede todo saneado de una vez.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas