Dudas en la separación de sociedad de gananciales

Mis padres se están separando y estaban en régimen de gananciales en Madrid. Tienen varios bienes inmuebles y una Farmacia.
Mis dudas son varias:
1.- Los rendimientos (alquiler) de un bien inmueble privativo (por herencia) son también privativos, van a los gananciales o depende de alguna otra circunstancia.
2.- Para el reparto de los bienes inmuebles ¿se toma el valor catastral de los mismos, el valor de mercado, una tasación imparcial o hay otra forma de valorarlo?
3.- Los fondos de pensiones, seguros y pensiones de jubilación ¿son privativos o no?
4.- Uno de mis dos padres es farmacéutico y tiene una licencia de farmacia con una farmacia adquirida con posterioridad al matrimonio, (aunque creo que se empezó a solicitar con anterioridad) La farmacia ¿se considera como un negocio perteneciente a los gananciales o como una licencia administrativa concedida a una persona concreta por la cual no se puede reclamar su reparto?

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Respuesta
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1 los rendimientos de un inmueble privativo son gananciales
2 para el reparto: la valoración depende de como se haga el reparto. Hay muchas formas de partir
3 los fondos de pensión etc depende de como y cuando se hayan adquirido
4 la farmacia habría que ver cuando se adquirió.
¿Necesitas saber más cosas?
La farmacia se adquirió un año y medio después del matrimonio, las aportaciones a los fondos de pensiones son todas bastante posteriores al matrimonio.
No me refiero al reparto, sino a la valoración económica de los bienes, habrá muchas formas diferentes de tasar los inmuebles, pero alguna será la más utilizada o la que por defecto suelan aplicar los jueces si no se llega a ningún acuerdo.
Pues la farmacia a menos que se acredite que se adquirió con dinero privativo, rige la presunción del art. 1361 por tanto es ganancial.
Respecto a la valoración de los bienes, tendrías que decirme como quieres liquidar los gananciales. Si quieres ir a un procedimiento judicial de división, cada abogado puede proponer los medios de prueba que tenga por convenientes (lógicamente lo usual es presentar una tasación de un perito), pero supongo que todavía no habrás iniciado ese procedimiento.
Somos un despacho de abogados especializado en Derecho Civil, si necesitas mi ayuda me puedes llamar al 607648981 (preguntar por José Ortiz). Las consultas son gratuitas.
Un saludo.

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