Reparto de bienes en el divorcio

Situación personal
-Inicio del matrimonio... GANANCIALES
-12 años casados
-3 hijos
-Piso comprado antes del matrimonio y pagado durante el matrimonio con Préstamo.
- A partir de una herencia, hacemos separación de vienes ya que
procedo a vender un piso propio de comprado y pagado antes del matrimonio y comprar otro a mi nombre,
que es la residencia familiar actual. Amplio préstamo a mi nombre y
mi mujer es avalista, con destino vivienda, para amueblar, reformar y
pagar impuestos de esta vivienday cancelar totalmente lo que restaba de la anterior y así unificar.
Comentarios previo.
Cuando nos casamos mi mujer estudiaba en la universidad. Bastante
más del 50% de la carrera salio de mi nómina... Entre estancias,
desplazamiento y manutenciones y el apartamento
donde ella estudiaba alquilado.
Por aquel entonces ella y yo habíamos pactado verbalmente ya de
novios, que terminara la carrera, para posteriormente ejercer y aportar
ingresos a la U. Familiar. (Nunca me han gustado las mujeres que se
quedan en casa.)
Pasan los años y ella con la disculpa de un hijo, etc... No
termina la carrera y el único que aporte a la U.F soy yo con unos 2700
euros netos al mes.
Pregunta.
Si me divorciara...
¿El juez tendría en consideración estos hechos para no pasar la pensión compensatoria?
Ella se supone que
Es una persona capacitada por estudios para realizar un trabajo digno.
Los dos pisos son de mi titularidad ya que fueron comprados antes del matrimonio y al
tener pactado posteriormente separación de vienes la titularidad es
mía.
¿En este supuesto puedo yo elegir este último piso de residencia familiar y que mi mujer se quede en el otro...?
¿El piso donde viva ella,... Los gastos de comunidad, luz,
teléfono, derramas extraordinarios etc... Quien las paga? ¿Si el
piso es mio... No tendría que pagar la mitad de una renta...?

En definitiva... Como quedaría la situación... No es que quiera que
ella y los hijos estén en la calle... Pero sabe mal que habiendo
pactado el que se pusiera a trabajar durante todos estos años y aportar
los dos a la U. Familiar ... Ahora encima me quede yo el la calle y
ella sea la que disfrute de todo...
Sobre todo del piso de la U familiar que es el que se ha pagado con el dinero de la venta del primer piso que yo compre antes del matrimonio.
Gracias.

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Contesto a tu preguntas
A) Para la fijación de la pensión compenstaoria, se tienen en cuenta los siguientes puntos:
Artículo 97
El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia.
A falta de acuerdo de los cónyuges, el Juez, en sentencia, determinará su importe teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.
2.ª La edad y el estado de salud.
3.ª La calificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.
4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.
5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.
8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.
9.ª Cualquier otra circunstancia relevante. En la resolución judicial se fijarán las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad.
Así pues, entiendo que tu mujer tendría derecho a una pensión, pero limitada en el tiempo, para facilitar que encuentre trabajo. La pensión no sería muy elevada, aunque eso va a criterio del Juez.
B) En principio los hijos se quedarán con el cónyuge que ostente la guarda y custodia en el domicilio familiar. Ahora bien, si acreditas al Juez que el otro es de similares características o que va a cubrir perfectamente las necesidades de tus hijos, no tiene por qué haber problemas
C) Los gastos de consumo, agua, luz, comunidad, etc., los pagará ella. No tiene que pagarte renta alguna, pues ten en cuenta que el piso no se le atribuye a ella, sino a los hijos, y en consecuencia, al cónyuge bajo cuya guarda queden.
Ya ves que la ley no es justa en estos temas. Los abogados llevamos luchando años para que se cambien las cosas, pero parece que van a peor. Y un ejemplo claro es la Ley de Violencia Doméstica, que no sólo no ha conseguido reducir el número de víctimas, sino que ha propiciado un abuso por parte de algunas insensatas que, asesoradas por abogados desalmados, denuncian falsamente para preconstituir pruebas a su favor en el divorcio.
Una pregunta que me ha quedado... Para mantener esta situación yo he tenido que pedir unos Préstamos para que la u. familiar viva en mejores condiciones... es decir que estoy pagando el 2º Piso... Estas Deudas entrarían a colación... en el divorcio... Se tendría en cuenta los gastos que tengo mensuales en prestamos para que ahora mismo vivamos bien la u. familiar.. porque si no hubiera sido así puede que ella tampoco tuviera ese piso para vivir...
Claro que se tiene en cuenta. Todas las circunstancias que rodean al matrimonio y cada uno de sus miembros por separados debens er irremediablemente valorados por el Juez a la hora de fijar los dispendios de uno u otra.

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