Unas preguntas sobre divorcio.

Hola.
Mi marido me pidió divorcio (hace 1 mes)
Estoy interesada en coger un abogado, bueno de echo lo voy a necesitar, el me comento que los abogados gratuitos(de estado), no son buenos, ¿y me propone una abogada suya(de pago) para ir a medias - se que esta abogada es una amiga de su "amante" - pero se supone que los abogados son justos para ambos..?
¿Me recomienda un abogado de oficio - o mejor uno de pago?
Mi marido tiene una "amante", y quiere dejar nuestro matrimonio.
No se si el echo que tiene a una persona, tiene algo que ver para mi "bien".
Tenemos 2 hijos menores de edad, yo no trabajo.
La casa fue comprada a su nombre 2 meses antes de casarnos, la hipoteca la pido el y la firmo el.
En el caso de divorcio, y si me cede la vivienda para poder vivir con hijos, ¿el resto de hipoteca que queda(19,000 euros) la tengo que pagar a medias con el?
O es su "problema" el pago de hipoteca, ¿por ser solo suya?
Yo no trabajo, estamos casados desde hace casi 10 años, ¿me corresponde alguna pensión compensatoria?
No me refiero para vida estera, pero por lo menos 2-3 años hasta que no encuentro un trabajo con buen sueldo.
Si yo me quedo en su vivienda, me imagino que estoy obligada pagar todos los gastos(luz, agua, gas, comunidad, ¿y el seguro de casa?   y el IBI?).
El cobra 1800 euros y es militar de marina, le quiero pedir 300 euros por cada niño.
Y los clases de apoyo, extraescolares, ¿los tiene que pagar el en estos 300 euros?
Si seria tan amable ayudarme con estar preguntas..
Gracias y un saludo.
Isa

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Isa buenas tardes,
quisiera hacerle una puntualización (es mi opinión) al respecto de lo que comenta sobre los abogados de oficio (gratuitos o de estado, según sus palabras). Se trata de profesionales que deben acreditar una experiencia mínima de tres años en el ejercicio de la abogacía, en algunos colegios profesionales les exigen la realización de un curso en una escuela de práctica jurídica y para determinados turnos especiales se exige más experiencia y la realización de un curso especifico en la materia concreta. Por tanto, el que un abogado de oficio sea mejor o peor no depende de su inclusión en dicho turno. Para finalizar decirle que me consta que hay compañeros que dedican muchas horas de su trabajo diario a clientes del turno de oficio. Por tanto, profesionales somos todos, de pago o de oficio. Paso a responderle sus dudas:
El hecho de contratar un sólo abogad@ que lleve todo el proceso de divorcio no es nada extraño ni malo, en su caso el problema vendría de la falta de confianza que usted tendría en dicha profesional por ser quien es y venir de donde viene. No por el hecho de tramitar el divorcio por mutuo acuerdo significa que usted no pueda consultar con otro abogado de su confianza antes de firmar dicho acuerdo. Evidentemente, en principio el abogado se debe a quien le paga, sea un cliente o los dos miembros de la pareja. De su profesionalidad y ética profesional vendrá que defienda los intereses de ambos con equanimidad y sin partidismos. En principio no hay que dudar de ello pero si usted no se fiá, haga lo que crea más conveniente para sus intereses.
Respecto a recomendar un abogado de pago o uno de oficio, la decisión es suya. Como ya le he comentado la profesionalidad de ambos es la misma. Tan válido sería uno como el otro. La diferencia la marca más la experiencia en los temas a tratar que el ser de pago o de oficio.
Respecto al hecho de una infidelidad, no va a influir en nada. Con la nueva ley de divorcio, no tiene que haber un motivo ni un culpable para solicitar el divorcio.
Vayamos al tema importante:
Dado que ustedes tienen dos hijos menores de edad, le informo que el uso de dicha vivienda será para ellos y para el cónyuge que vaya a ejercer la guarda y custodia de los mismos. En su caso yo intentaría y lucharía por conseguir la guarda y custodia de los menores. Su todavía marido deberá pasar una pensión de alimentos a los menores en una cuantía que dependerá de sus ingresos y de los gastos corrientes de su vida diaria. La pensión tipo pudiera ser de una cantidad que rondaría los 150-200 euros por niño. 300-400 euros en total por los dos.
El hecho de que usted no trabaje y no disponga de ingresos es un motivo más que suficiente para solicitar una pensión compensatoria por el perjuicio en su situación económica que le va a producir el divorcio, por su dedicación pasada y futura a la familia. La cuantía de la misma no debería bajar de 300-400 euros. Pero es una cantidad muy dada a llegar a acuerdos.
Respecto a la vivienda, el hecho de que se comprase antes del matrimonio no influye lo más mínimo dado que sería un bien privativo del marido (en lo que respecta a la propiedad) pero la parte de hipoteca pagada a partir del matrimonio sería bien ganancial (en el caso de que su régimen económico matrimonial sea de gananciales) pues ha sido pagada con el caudal proveniente de sus ingresos por trabajo. En principio, usted no debería tener que pagar nada de la hipoteca dado que usted no es propietaria, ni está incluida en la escritura del préstamo hipotecario.
Él no tiene que cederle nada, será una sentencia judicial o un convenio regulador el que le otorgará el uso y disfrute de la vivienda en el caso de que la guarda y custodia de sus hijos menores le sea otorgada a usted.
Respecto a los gastos de la vivienda que correrían por parte de usted, serían los referentes a gastos corrientes (luz, agua, gas, teléfono,...). Respecto a la comunidad, es un gasto inherente a la propiedad de la vivienda, por tanto, en justicia, la debería pagar él. Lo mismo cabe decir del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, es un pago inherente a la propiedad, por tanto el obligado al pago del mismo es el propietario. De todos modos, y al respecto del gasto de comunidad, se puede defender lo que le he dicho y lo contrario. Será algo que debería fijar el convenio regulador para no tener problemas posteriores.
Respecto a lo que él gana, se debe hacer una valoración de sus ingresos y sus gastos y conforme a ello fijar la pensión de alimentos y la pensión compensatoria. Por ello le anticipaba que es una cantidad variable y que depende de muchas circunstancias. Ahora bien, si él admite pagar 300 euros por cada hijo, mejor para usted.
Referente a gastos extraordinarios, lo normal es que se paguen por mitad entre los dos progenitores. Si usted no tiene ingresos y depende de la pensión compensatoria, habrá que fijar quien debe pagarlos y como en convenio.
Por tanto y resumiendo, actúe en conciencia y como se sienta más cómoda y segura. No dude de la profesionalidad de los abogados. A la más mínima duda que le surja sobre la abogada propuesta por su todavía marido, usted podría contratar uno propio o solicitar uno de oficio, sin que por ello se trate de cambiar el procedimiento de mutuo acuerdo por el contencioso.
Cuanto le he comentado respecto a cifras son todo orientativas, hay que mirar la realidad concreta del caso para fijar cifras cerradas.
Cualquier otra duda no dude (valga la redundancia) en planteármela.

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