Liquidación de bienes

Hola buenas mi pregunta va sobre liquidaciones de bienes, soy separado legal y con una hija la cual paso la mantención y a ella le pague una compensatoria, soy empresario y nunca hemos comprado nada de propiedades puesto que duramos 2 años más o menos, ¿entonces ella me podía reclamar algo en referencia a bienes gananciales? Ya llevamos para 7 años de separado

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Te contesto a tus preguntas.
En primer lugar si estáis separados legalmente desde hace 7 años imagino que ya en esa fecha tuvisteis que tratar el tema de la liquidación de gananciales.
Si no teníais bienes en común entiendo que no hubo nada que liquidar, por lo que ella ahora no podría reclamarte nada por este concepto, aunque como te comento tendría que ver exactamente en que términos se habló de la liquidación de gananciales en su momento y si se recogió en el Convenio Regulador.
Espero haberte ayudado a resolver tu pregunta, de todos modos estaré encantada de ayudarte con cualquier otra duda.
Se recogió en el convenio regulador lo del el tema de liquidación de bienes gananciales pero sin especificar nada de nada pero insisto no se adquirió ningún bien en el tiempo de casado que estuvimos. MUCHAS GRACIAS por contestarme anteriormente y en esta si puedes igualmente se lo agradecería.
Para darte un asesoramiento correcto como dices que en el Convenio REgulador se recogió ese tema, necesitaría saber exactamente que se dijo. Si quieres y lo tienes a mano puedes copiar el párrafo exacto que se recogió y te continúo ayudando.
Hola de nuevo y darte las gracias. Decirte que en el convenio se dijo que se dejaría para más adelante la liquidación de los bienes gananciales. SOLO ESO es lo que pone en el convenio, pero es lo que yo digo si no hay nada de bienes en común para que se escribió lo de más adelante GRACIAS
Si me dices que no había bienes gananciales en su momento no entiendo como el abogado/a que os redactó en su momento el Convenio Regulador pudo poner esa frase en lugar de decir claramente "no existiendo bienes en común no existe patrimonio ganancial que liquidar" que es lo que se suele decir para zanjar la cuestión.
De todos modos si piensas divorciarte (dices que estás separado pero no dices si ya tienes el divorcio) podrías corregirlo. Me explico, si tu ex y tu os ponéis de acuerdo y os divorciaís de mutuo acuerdo se podría incluir en el Convenio regulador de divorcio esa frase que te he comentado: "no existiendo bienes en común no existe patrimonio ganancial que liquidar" y cuestión resuelta.
Espero haber resuelto tu duda, de todos modos para cualquier otra pregunta no dudes en ponerte en contacto conmigo.

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