Separación de piso en común
Yo tengo una pregunta, yo tengo un piso con mi ex pareja en común, no estamos casados solo hemos vivido juntos.
Yo la demande para la separación del bien inmueble en común. Y me ha salido esta sentencia que le explico a continuación.
Donde pone fundamentos de derecho:
SEGUNDO procede despachar ejecución a favor de yo como ejecutante y al aber quedado acreditada su condición de acreedor, y frente a ella mi expareja, como ejecutado y deudor el el mismo titulo, conforme con el articulo 538de la l.e.c.
Tercero: dado que el titulo ejecutivo contiene una condena u obligación de hacer, procede, conformr, lo lo establecido en los art, 699, 705 y 706 de la l.e.c y en atención al art 552.11.5 codi civil cataluña, requerir a las partes y en concreto al a ejecutada ella.., a fin de que, el en plazo de treinta días, proceda a la división de la vivienda común bajo apercibimientoque, de no verificarlo. Podrá el el ejecutante pedir quese proceda al división conforme los art 655, y siguientes de la lec, con las mismas garantías para ambas partes, y en su caso conforme los art. 782 y ss del mismo cuerpo legal.
¿Mi pregunta es según esta sentencia si ella no contesta nada en treinta dis que puedo hacer? ¿Podría pedirle daños y perjuicios? ¿Ya qué ella es la que vive en el piso y yo fuera de el? Y stoi pagando igual la hipoteca.
Yo la demande para la separación del bien inmueble en común. Y me ha salido esta sentencia que le explico a continuación.
Donde pone fundamentos de derecho:
SEGUNDO procede despachar ejecución a favor de yo como ejecutante y al aber quedado acreditada su condición de acreedor, y frente a ella mi expareja, como ejecutado y deudor el el mismo titulo, conforme con el articulo 538de la l.e.c.
Tercero: dado que el titulo ejecutivo contiene una condena u obligación de hacer, procede, conformr, lo lo establecido en los art, 699, 705 y 706 de la l.e.c y en atención al art 552.11.5 codi civil cataluña, requerir a las partes y en concreto al a ejecutada ella.., a fin de que, el en plazo de treinta días, proceda a la división de la vivienda común bajo apercibimientoque, de no verificarlo. Podrá el el ejecutante pedir quese proceda al división conforme los art 655, y siguientes de la lec, con las mismas garantías para ambas partes, y en su caso conforme los art. 782 y ss del mismo cuerpo legal.
¿Mi pregunta es según esta sentencia si ella no contesta nada en treinta dis que puedo hacer? ¿Podría pedirle daños y perjuicios? ¿Ya qué ella es la que vive en el piso y yo fuera de el? Y stoi pagando igual la hipoteca.
1 respuesta
Respuesta de abogadoalica
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