¿Mi novio italiano puede pedir divorcio en España al residir él aquí más de diez años?

Él y su mujer (ambos de nacionalidad italiana) se separaron hace unos quince años. Él se vino a vivir a España y ella se quedó con las dos hijas (entonces menores) en Italia. No firmaron separación ni nada. Todo fue verbal. Ahora las hijas son adultas. Cada uno de ellos ha rehecho su vida con otra pareja y han tenido hijos con sus nuevas parejas. No han hecho nunca tramitación ninguna por pereza y por falta de necesidad ya que se han llevado estupendamente siempre y no han tenido problema ninguno por temas de pensión a las niñas. Ahora él y yo tenemos intención de casarnos y si solicita la separación en Italia habrán de transcurrir 3 años entre la separación y la petición de divorcio. Es por ello que quisiera saber si al ser él residente en España de tanto tiempo y al estar ella de acuerdo, se podría pedir directamente desde aquí el divorcio exprés.

Gracias de antemano por su ayuda.

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La legislación española establece que el divorcio ha de solicitarse en el último lugar de residencia común de la pareja. Para que puedan pedir el divorcio aquí es necesario que ella también se empadrone en España junto con él al menos durante un tiempo breve. De ese modo sí pueden pedirlo aquí. Con el certificado de empadronamiento aunque sea temporal se puede solicitar el divorcio que será muy rápido. Ciertamente en Italia es muy larga la tramitación

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