Patria potestad que derechos

Buenas tardes y por adelantado gracias por vuestra ayuda y atención.
Estoy divorciado y con mi ex tenemos una niña de 5 años. Ella posee la guarda y custodia y ambos la patria potestad compartida. Ella en junio cambio de residencia a la niña así como de colegio unicamente comunicándomelo y según ella comunicándolo también al juzgado. Ella puedo hacerlo comunicándolo solo al juzgado sin mi consentimiento?? Y otra duda es que en el convenio se fijo un pueblo a dsitancia intermedia de ambos"para recoger a la niña y ese era el punto de recogida de la menor. Ahora al mudarse de domicilio me exige ir a su domicilio de la vivienda actual y dice que debo de ir porque ya esta comunicado en el juzgado su cambio de domicilio y no lo tengo nada claro....
Por un poco de información y de esperanza!!

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Efectivamente la patria potestad supone la capacidad de decidir sobre las cuestiones importantes que afecten a los hijos. Por tanto un cambio de domicilio o de centro escolar, tendrá que ser aceptado por ambos padres, y en caso de que no haya acuerdo será el juez quien decida si es conveniente o no.

A través de su abogado, podrá solicitar que se modifiquen las medidas en lo que le afecten a usted, como puntos de recogida y entrega y asimismo, si entiende que dicho cambio no es conveniente para la menor también podrá solicitar cualquier medida al respecto.

www.escobarysanchez.es

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