¿Qué requisitos debo tener para pasar a vivir con mi padre?

Hola, buenos días, mi nombre es Jorge Luis y vengo a exponerles mi duda.

Soy un menor de 16 años, que desea pasar a residir con su padre debido a la frágil relación con su madre. Lamentándolo mucho, mi madre hará todo lo posible para que permanezca en su casa. Mis padres se han divorciado y tras varios años la relación con mi madre comenzó a decaer. Personalmente estoy muy seguro de que deseo convivir con mi padre debido a que con él la convivencia es mucho mejor. Mi padre le pasa una pensión alimenticia y mi madre se ha vuelto a casar. Mi padre vive en Alicante, y mi madre en Benidorm.

Estoy actualmente estudiando el primer curso de una formación profesional, para la cual no soy apto. Ni por asomo me planteo dejar los estudios, pero sé que esto no es lo mío y que debo comenzar estudios de Bachillerato.

Tanto mi padre como mi madre poseen recursos suficientes para mantenerme.

¿Qué debo hacer para pasar a residir, y, a todos los efectos, convertirlo a el en el poseedor de la Guarda y Custodia? ¿Cómo debo actuar? Y, por último ¿Cuánto deberé esperar desde que presento el recurso hasta que se haga efectivo?

Gracias por adelantado.

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Su padre deberá interponer con la preceptiva intervención de abogado y procurador, una demanda de modificación de medidas, en la que deberá justificar que ha habido un cambio sustancias de las circunstancias suficiente como para solicitar su custodia. En este caso, siendo menor de edad, ya tiene usted edad para ser escuchado en el procedimiento, por lo que su voluntad, si bien no es vinculante para el Juez, sí que puede ser tenida en cuenta a la hora de conseguir una sentencia estimatoria para su padre. De todas formas, estando próxima su mayoría de edad, si no quiere verse involucrado en temas legales que normalmente se alargan en el tiempo y además son costosos económicamente, siempre tiene la posibilidad de "aguantar" hasta los 18 años, ya que una vez cumplidos usted es libre de elegir con quien quiere vivir sin necesidad de tener que iniciar ningún procedimiento judicial.

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