Paga de alimentos

Hasta que edad estoy obligado a pasar la paga alimenticia de mis hijos si tienen 24 y 19 años

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Usted no puede interrumpir esa obligación, sino que a través de su Abogado éste ha de presentar un escrito de modificación del convenio regulador dictado en su día, exponiendo las circunstancias que pueden o no ser atendidas por el juez. Si se desestiman, será condenado en costas.

Lo último que he leído en una sentencia de hace una semana, se suspendió por el órgano judicial porque tenía 25 años y un trabajo más o menos estable.

Ruego cierre y valore

y si es de mutuo acuerdo por ambos que se va a un abogado

En ese caso deberá trasladarle la pregunta al Abogado, ya que por razones deontológicas, no puedo intervenir estando el asunto en manos de otro Abogado.

Ruego cierre la pregunta

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