El pago de la hipoteca tras acuerdo herencia

El pasado día 16 de septiembre de 2007 falleció mi madre. El acuerdo de herencia se formalizó en marzo de 2008. A mi hermana y a mí entre otras cosas nos "tocó" un apartamento sobre el cual pesa una hipoteca de la que nos vamos a hacer cargo nosotros dos. Mi pregunta es:
¿Desde cuándo debemos pagar dicha hipoteca, desde octubre o desde marzo?
Es muy importante para aclarar las cuentas, ya que mi padre nos pide que lo paguemos además de los gastos de notaría y gestoría.
Además, me resulta urgente, por favor.
Otra cosa, nos urge venderlo y he leído que hay empresas que se encargan de comprar las herencias. ¿Son de fiar?, ¿Llamo a alguna?...
Muchísimas gracias.
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Si han firmado la partición no necesitan vender la herencia. No les recomiendo que lo hagan esas empresas quieren mucho margen.
Necesitaría más datos para poder contestar sus preguntas. Somos un despacho de abogados especializado en herencias si necesita mi ayuda me puede llamar al 607648981 (preguntar por José Ortiz). Las consultas son gratuitas, si iniciáramos algún trámite le daríamos antes un presupuesto.
Muchas gracias, pero por favor, lo que me urge saber ahora es simplemente si debemos pagarle a mi padre la hipoteca desde septiembre o desde marzo, porque aunque no es definitivo, nos vamos a reunir a las 20, 30 h para comentarlo, y me gustaría llevar una opinión a la reunión para hacer cuentas.
Gracias infinitas de nuevo
Si no veo la documentación no lo puedo saber.
¿A qué te refieres? ¿No hay nada estipulado de forma general? ¿Es decir, en toda herencia, los acuerdos que se toman en materia de inmuebles o cosas así, no se estipula que correspondan desde el día del fallecimiento, o desde que se firma el acuerdo?. O sea, yo soy propietario del apartamento desde qué día. Lo digo también porque en hacienda me dijeron que era una "herencia latente" y que no entraba en la declaración del año pasado, pero sin embargo mi padre me reclama el pago de los gastos del apartamento desde el día del fallecimiento.
Por ello, además, él compró muebles después de fallecer ella y lo vamos a pagar entre los tres, aunque yo no estoy de acuerdo pues yo no los quería. ¿Puedo negarme?.
Perdona por la insistencia y muchas gracias de antemano.
Pues si has llegado a un acuerdo tendrás que pagar desde lo que hayas convenido si quieres cumplir el acuerdo: ¿No crees?

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