Matrimonio con hijos de otros matrimonios

Estoy casada desde el año 2008 en régimen de separación de bienes como corresponde a la Comunidad Valenciana donde vivimos.
Mi marido aporta dos hijos de su primer matrimonio y otro de un segundo matrimonio.
Yo aporto dos hijos de mi primer matrimonio uno de ellos con incapacidad absoluta permanente . Ninguno de ellos convive con nosotros y sólo uno es menor.
La vivienda en la que vivimos fue comprada en el año 1999 por mi marido y estaba pagando su hipoteca cuando nos casamos. En Abril del 2010 se tramitó una rehipoteca y en la escritura figura mi nombre como compareciente pero la escritura está sólo a su niombre. Y tengo varias dudas.
Qué derechos y responsabilidades tengo sobre esta vivienda. Qué pasaría con la casa si falleciera mi marido ¿podría vivir yo en ella?. ¿Tienen algún derecho a herencia mis hijos?. ¿Cómo cambiaría la herencia si cambiamos a régimen de gananciales?. ¿Cómo sería el testamento más conveniente para todos?. ¿Si fallezco yo que les queda a mis hijos?.
Mi marido no quiere comprar otra vivienda ni en común ni yo sola y quisiera que al menos mi hijo con incapacidad reciba algo porque su padre es insolvente.

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Intentaré ser breve para mayor claridad, si te quedan dudas me lo dices.
1.- La comparecencia tuya en la refinanciación de la hipoteca se debe a que: AUNQUE LA PROPIEDAD SEA DE UNO SOLO DE LOS CÓNYUGES Y AUNQUE ESTÉN CASADOS EN SEPARACIÓN DE BIENES, la vivienda habitual de la familia está ESPECIALMENTE PROTEGIDA, y para hacer cualquier acto de enajenación o gravamen (p ejemplo hipoteca) se necesita el consentimiento del otro cónyuge. Aunque no sea dueño.
2.- Si fallece tu marido SIN TESTAMENTO, heredarán SUS HIJOS por partes iguales, a ti te corresponderá el usufructo que en ese momento la ley sucesoria valenciana le de al cónyuge viudo (ahora miso no recuerdo si en Valencia el usufructo actual del viudo es el de todo el patrimonio o solo de una parte), en todo caso la propiedad sera para los hijos por partes iguales.
Si hace testamento, (lo más recomendable en este caso) SIEMPRE QUE RESPETE LA LEGITIMA DE sus hijos TE PUEDE DAR A TI EN PROPIEDAD EL RESTO, o incluso adjudicarte expresamente el usufructo de esa propiedad, y si con ello queda a salvo la legitima de sus hijos, perfecto.
3.- Tus hijos no tienen derecho a la herencia de él, ni los suyos en tu herencia.
4.- En cuanto a lo que les corresponde a tus hijos en tu herencia me remito a lo expuesto en el número 2.
En tu caso ES MUY MUY IMPORTANTE QUE HAGAS TESTAMENTO, sobre todo por tu hijo con incapacidad, dado que si te hereda pero por su incapacidad no puede hacer testamento, tú en tu propio testamento lo puedes hacer por él. Ten en cuenta, que aunque sea improbable, si tu mueres y no hay testamento te heredan tus hijos con el usufructo de tu esposo; si después muere tu hijo (que no puede testar) en su sucesión heredará su padre! Creo que puede que no te interese, eso lo salvas mediante un testamento que solo te costará unos 38 euros.
5.- Si pactáis GANANCIALES:
A ver, Si él no aporta los bienes que ya tiene, al patrimonio común, todo seguirá como antes, CON UNA SALVEDAD, la hipoteca que se pague desde la ganancialidad tedrá carácter ganancial ES DECIR: SI LA PROPIEDAD VALE 100 Y CUANDO PACTÁIS GANANCIALES SE DEBEN 50, esos 50 serán gananciales o sea, la mitad de la propiedad será de él pero la otra mitad será ganancial (tuyo y de él).
Si cuando pactaís gananciales, él aporta sus bienes al patrimoio ganancial: Entonces a su muerte se aplicará lo que te he explicado antes SOLO RESPECTO DE LA MITAD DE LOS BIENES la otra mitad será tuya en plena propiedad por gananciales. En este caso pueden aparecer unos derechos de crédito entre patrimonio ganancial y privativo de él, pero en eso desde aquí no puedo entrar, es farragoso y un poco complicado.
Te aconsejo que acudas a un notario, le explique tu caso, las consultas son gratuitas, y os decidáis AL MENOS a hacer testamento, lo podéis cambiar cuantas veces queráis y solventa muchos problemas.
Espero que te sirva de ayuda. Para cualquier cosa dímelo.
Si tienes alguna duda más estaré encantada de ayudarte, en caso contrario, si puedes da por finalizada la pregunta.
Hola, muchas gracias por su amplia respuesta pero tengo una duda.
¿Podemos mi marido y yo tener en gananciales sólo la casa y el resto seguir con la separación?
¿Si es así sería ventajoso o más problemático que otra opción?
Gracias por anticipado
Si decides pactar gananciales debes tener en cuenta que en ese momento (o en cualquier otro posterior) el marido puede aportar a los gananciales la casa Y NO necesariamente TODO LOS DEMÁS BIENES que pueda tener, que seguirían teniendo carácter privativo de él. Es decir cualquiera de los cónyuges, en cualquier momento puede aporta un bien privativo a la sociedad conyugal (gananciales).
Si pactas gananciales, con independencia de que el esposo aporte o no la casa a gananciales, DESDE ese momento, tu matrimonio se regirá (en el aspecto económico) por la SOCIEDAD DE GANANCIALES, en este régimen te digo -muy, muy en síntesis- que son bienes privativos de cada cónyuge los adquiridos por donación o herencia (adquiridos a titulo gratuito) y son bienes gananciales los adquiridos por precio, es decir los bienes pagados aún cuando compre un solo cónyuge y el otro no firme la compra, serán gananciales. El régimen de sociedad de gananciales tiene muchas más particularidades a la hora de determinar que bienes, de los que entran en el matrimonio, son comunes y cuales son privativos, pero lo que te he contado es la esencia.
En cuanto a ventajas e inconvenientes... pues mira, eso ya no te lo se decir, va a gustos, incluso puede que a un miembro de la pareja le convenga o interese una opción y al otro miembro de la pareja le interesa otra. P ejemplo si una mujer no trabaja y se dedica a la familia, le puede interesar que todo lo que gane el marido con su trabajo se haga común de ambos... Ningún régimen es mejor o peor que otros, depende de cada cual...
Espero que te sirva de ayuda, cualquier cosa no dudes en decírmela.
Gracias verdaderamente empiezo a tener un poco más claras las cosas.
Evidentemente tendremos que hablarlo mi marido y yo y decidir lo más justo y conveniente, pero está claro que haremos el testamento .
Muchas gracias, sin tus indicaciones hubiera sido muy complejo . Me ha servido mucho tú consejo .
Saludos.

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