Posible fraude en contrato de relevo.

Me han hecho un contrato de relevo, mi categoría es la de jefe de oficina técnica dentro del grupo profesional de personal de responsabilidad, la persona a la que sustituyo es la de jefe de sección dentro del grupo de personal de responsabilidad, la persona a la que sustituyo realizaba funciones de mantenimiento de taller, y yo realizo funciones de asesoría jurídica, el convenio colectivo recoge que se podrán hacer funciones de superior categoría siempre que se abone dicho salario, mi pregunta es la siguiente:
Creo que existe fraude, pues aunque se puede alegar movilidad funcional, esta no existe, porque entiendo que desde un primer momento tendría que haber realizado funciones de taller y luego de asesoría jurídica, ya que al hacer la asesoría jurídica desde siempre tal cambio no existe.

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El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo del trabajador sustituido o uno similar, entendiendo por tal el desempeño de tareas correspondientes al mismo grupo profesional o categoría equivalente. Por la tanto a mi entender tendría que revisar el convenio haber si las dos categorías de las que habla están englobadas en el mismo grupo funcional. Si no es así, esta claro que se trata de un contrato temporal en fraude de ley independientemente de las tareas que tuviese que realizar desde el inicio o no.
Buenas tardes, en principio se encuentran dentro del mismo grupo, persona de responsabilidad, pero es que las funciones no tienen nada que ver, yo llevo la asesoría jurídica y ese señor llevaba el taller, es decir reparación de vehículos, ¿es fraude de ley?
Yo entiendo que al tratarse del mismo grupo funcional no hay fraude de ley, pero es mi opinión personal basada en lo que dice la ley sobre los contratos de relevo y no dude en que la empresa se va a aferrar a eso con uñas y dientes. Es más podría argumentar que tenían previsto ese cambio para el trabajador relevado en la misma fecha de su ingreso.
No se es complicado, siempre puede pedir una segunda opinión si no le convence lo que le estoy diciendo e incluso seria prudente pedirla. Piense que en cualquier sindicato estarán más bregados sobre estas cuestiones, habrán tenido muchos casos así y tendrán abundante jurisprudencia al respecto.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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