Permiso no retribuido

La situación que me gustaría plantear es la siguiente:
Acogiéndome a la posibilidad que he leído en mi convenio de solicitar un permiso no retribuido para el que cumplo las condiciones especificadas, me gustaría disfrutar próximamente del máximo permitido -es decir, tres meses- por razones personales.
No obstante, temo que pongan trabas al permiso en sí o a su duración, sobre todo porque parte de mi trabajo consiste en organizar eventos con cierta regularidad, por lo que siempre podrían recurrir a ello como causa para denegarme el permiso, ya que no hay nadie en mi empresa que haga funciones similares y no podrían contratar a alguien en mi lugar durante el tiempo que dure el permiso.
Por tanto, y ante la falta de concreción del convenio, mis preguntas son las siguientes:
- ¿Debo motivar la solicitud?
- ¿Puede mi empresa denegármelo? En tal caso, ¿debe motivar su respuesta?
- En caso de concedérmelo, ¿puede obligarme a acortar su duración por algún motivo, a pesar de que mi contrato no finaliza hasta dentro de casi un año?

1 Respuesta

Respuesta
1
Si cumples con los requisitos establecidos en convenio para disfrutar de un permiso no retribuido tu única obligación es comunicarlo a la empresa por escrito, con dos copias para que una de ellas te la devuelvan firmada y como motivación de la solicitud solo debes indicar el art. del convenio que indique los requisitos que debes cumplir para solicitarlo.
La empresa no puede negarse, en caso contrario podrás exigir el cumplimiento del permiso vía judicial.
La empresa puede contratar a una persona para cubrirte mientras dure el permiso, para este tipo de circunstancias existen los contratos de interinidad, por lo tanto tampoco pueden basar su negativa en que eres imprescindible, si así lo fueras tendrías un contrato indefinido y no temporal, pero ni aun así sería motivo para no concederte un permiso al que tienes derecho.
Muchas gracias por tu rápida y útil respuesta. Quería consultarte también una última cuestión sobre esto: ¿Debe la empresa reservarme mi puesto de trabajo al no tratarse de una excedencia?
Me has comentado que el permiso está recogido en el convenio colectivo, si es así la empresa está obligada a reservarte tu puesto de trabajo, si no lo hace se trataría de un despido.
Si quieres cópiame literalmente el art. del convenio en el cual te basas y te daré mi opinión.
Gracias de nuevo. El convenio lo tengo sólo en la oficina, así que, si estás disponible, el lunes te copio el texto exacto para que me des tu opinión.
Un saludo
Buenos días:
A continuación transcribo el texto de mi convenio sobre permisos no retribuidos:
"El personal que haya acumulado al menos un año de servicios efectivos podrá solicitar licencias sin sueldo por un plazo no inferior a quince días, ni superior a tres meses. La limitación de este tiempo en el caso de los contratos temporales irá en función de la duración del mismo.
Estas licencias serán concedidas dentro del mes siguiente al de la solicitud, siempre que lo permitan las necesidades del servicio. La duración acumulada de estas licencias no podrá exceder de tres meses cada año."
Mucho me temo que eso de "siempre que lo permitan las necesidades del servicio" les da carta blanca para negármelo incluso aunque deban especificar las causas. Además, aunque éste es el convenio con el organismo que me ha contratado, trabajo por subcontratación para otro, así que supongo que han de primar las necesidades del centro para el que trabajo. De todas formas, a ver qué te parece.
Un saludo
Con esta redacción tienes derecho a reserva del puesto de trabajo, por lo tanto si te conceden el permiso cuando este termine podrás reincorporarte directamente a tu puesto de trabajo.
Por lo tanto el tema anterior está resuelto, si la empresa te niega el permiso tendrá que justificarlo, si pone cualquier excusa y esta no es real podrías exigir el permiso vía judicial.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas