15 años de temporalidad en la administración pública
En 1995 entré a trabajar en una unidad administrativa de la administración pública como personal laboral con un contrato por obra o servicio determinado en un grupo IV. Este contrato duró hasta noviembre de 2002. En noviembre de 2002 firmé otro contrato, en este caso de interinidad de Grupo III, y me cambiaron de unidad administrativa. La denominación de mi puesto fue aprobada en la Relación de Puestos de Trabajo que aprueban anualmente y en la actualidad sigo con este contrato a la espera de la cobertura definitiva del mismo. ¿Hay algún límite de años en la administración pública para estar como personal interino?. ¿Es legal estar tanto tiempo así? ¿No hay leyes que rijan los contratos temporales en la administración pública?
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Respuesta de corabo
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