Relación laboral encubierta. Falso Autónomo

Bueno por lo que he podido leer en la red, esto de los de los falsos autónomos es una práctica bastante extendida, y por lo que veo también afecta a la Administración Pública.
Yo hasta hace una semana trabajaba como falso autónomo para un Organismo Autónomo de una Comunidad Autónoma concreta, realizaba las mismas funciones que cualquier otro trabajador, tenía facturas nominales, trabajaba bajo las órdendes de dirección, realizaba el mismo horario que el resto de compañeros, etc.
No existía ningún contrato, no al menos por escrito, pero si verbal, y tengo una duración de 9 meses, aunque hay compañeros en la misma situación con un año o más y que también se han visto en la calle sin previo aviso, salvo de "hoy para mañana" por lo que hay un claro fraude de ley por parte de la Administración y una relación laboral encubierta. Además los puestos que desempeñábamos siguen vacantes.
Se que si demando tengo derecho a una indemnización, a que me devuelvan lo que he pagado a la S.S., etc.
Pero mi pregunta concretamente es la siguiente, llegado el momento ¿la empresa tendría que readmitirme o bien sólo indemnizarme o bien depende de si el juez obliga o da la opción a escoger? ¿La teoría sería la readmisión o no tiene nada que ver? Es que por lo que he leído en el foro me da la sensación de que la readmisión es obligatoria. ¿En estos casos también tienen que pagar los salarios hasta la fecha de la sentencia?
Bueno al final fueron un par de preguntas, agradecería que alguien me aportara un poco de luz.

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Según el Estatuto del Empleado Público el despido improcedente conlleva readmisión obligatoria. Pero es que además es posible que lo declaren nulo directamente por ser despido sin indicar causa. El juez decide. Los salarios de tramitación los pagan siempre. Demanda. Mucho que ganar y nada que perder.
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Muchas gracias por la aclaración, la verdad que yo ya he demandado, bueno, he interpuesto un acto previo de conciliación como si fuera personal laboral. Lo que pasa que me quedaba esas dudas porque nada tiene que ver lo que me has dicho a lo que me dijo mi abogado, que la verdad no me fiaba mucho y por eso decidí preguntar por aquí.
Nuevamente, muchas gracias, me ha sido de gran utilidad. Buscare ahora en el estatudo del empleado publico.

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