Contrato de interinidad renovado

Mi marido tiene un contrato de interinidad (CT 410) desde febrero de 2008 hasta abril de 2011. En este momento le hicieron un nuevo contrato, también de interinidad pero cambiándole la categoría. Su primera categoría era 08 y ahora es 06. ¿Es legal este nuevo contrato? ¿las interinidades son renovables? En ningún momento de este periodo ha estado sin trabajar. Entró para cubrir una excedencia y la persona en cuestión vuelve ahora en breve. ¿Es legal que lo despidan por ello? Gracias. Espero que vuestra respuesta sea de gran ayuda. Saludos.

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Respuesta
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1. Se ha visto mejorado en la Categoría Profesional

2. Si son Renovables - Prorrogables.

3. Si lo despidieran, y en el supuesto de que decidieras demandar, estaría dispuesto a ser tu Abogado Laboral, para el supuesto; no dudes en contactar conmigo en el 645 198 004.
Un saludo,
Carlos Bravo
Colegiado 4.902

No se si ha sido mejorada su categoría laboral, primero tenia la 08 de especialista y ahora tiene la 06 de subalterno...no se que categoría prima sobre la otra.

Me hablas de demanda...no se tampoco si este caso es demandable.

¿me lo puedes aclarar esto?

Muchas gracias por tu respuesta.

Si le han subido la categoría; lo más recomendable sería no demandar.

Muchísimas gracias por la información que nos estás dando.

Una última pregunta, este tipo de contrato tiene indemnización al finalizar o se acaba y ya está.

Saludos.

Todo contrato conlleva indemnización.

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