Si el despido se declara nulo, no hay otra opción que la de reincorporarse a la empresa cobrando el salario dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha señalada por el juez para la reincorporación a la empresa, si no se produce la reincorporación porque se esta trabajando en otra em`presa, se pierde el derecho a cobrar el salario de tramitación, porque la no readmisión por parte del trabajador se considera como un cesa voluntario por lo que tampoco hay posibilidad de cobrar ningún tipo de indemnización.. Por lo tanto si se declara el despido nulo para que puedas cobrar los salarios de tramitación tendrías que reincorporarte a la empresa si no lo haces por que estas trabajando en otra empresa, al rechazar la reincorporación pierdes todo derecho a percibir los salarios de tramitación, y por supuesto tampoco tendrías derecho a ser indemnizado ya que quien decide dejar de seguir trabajado en la empresa eres tu lo que se considera como un cese voluntario.. De todas formas si tienes alguna duda al respecto puedes informarte en algún sindicato, en el SMAC o en la inspección de trabajo y seguridad social.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..