Como con la reforma laboral del 2012 han desaparecido los salarios de tramite, excepto para los despidos nulos y en los casos en los que el empresario opte por la readmisión del trabajador, en vez de la indemnización, por lo tanto si te despiden por causas disciplinarias y mientras se resuelve la demanda por despido improcedente o nulo encuentras un trabajo, puedes trabajar en la nueva empresa tranquilamente hasta que se resuelva la demanda, si el despido se declara procedente seguirás trabajando con toda la normalidad en la nueva empresa pero sin cobrar la indemnización de la anterior empresa si declaran el despido improcedente y la empresa opta por la indemnización además de cobrar la indemnización por despido improcedente 45 días por año antes de la reforma del 2012/33 días por año tras la reforma del 2012) podrás seguir la actividad laboral en la ultima empresa, pero si el despido se declara improcedente y el empresario opta por la readmisión además de no cobrar la indemnización por despido improcedente de la cuantía que te corresponda de los salarios de tramitación te descontaran tantos días como los días que hayas estado trabajando desde la fecha del despido hasta la fecha del acta de conciliación o de la resolución judicial y si te niegas a reincorporarte a la empresa, pues simplemente, te quedas sin lo que te corresponda por los días que hayas permanecido sin trabajar desde la fecha del despido hasta la fecha en la que se declare el despido improcedente y el empresario opte por la readmisión(salarios de tramite).. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..