No renovación, cheque y motivo.

El día 20 de marzo se me termina un contrato temporal de 6 meses (encadenado a otro previo por el mismo tiempo). La empresa me ha comunicado que no me renovarán el contrato (debía pasar a indefinido) pero no me han dado ninguna razón. Entiendo que el día 20 deben darme la carta de despido con un motivo y un cheque conformado con la liquidación correspondiente. Mi duda es, si firmo NO CONFORME, ¿deben darme el cheque de todas maneras o pueden retenerlo? Y si el cheque no está conformado, ¿lo rechazo hasta que me den otro?

Por otro lado, si el día 20 no me dan ningún papel, me han comentado que legalmente, pasaría a ser indefinida. ¿Esto es así?

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Usted no ha llegado a estar contratado por plazo superior a un año por lo que el plazo de preaviso de 15 días no opera en este caso.

En este caso como no existe despido, sino finalización del contrato temporal, la empresa no tiene que justificar nada.

La empresa puede abonarle el finiquito en efectivo, por cheque, o por transferencia. Si es por cheque que éste sea conformado.

Usted puede firmar como no conforme y la empresa está obligada a poner a su disposición el finiquito.

Como puede deducir de lo anterior si la empresa no le notifica por escrito su finalización de contrato, exíjala (aunque también puede ser verbal) y si no le dicen nada más ni le dan ninguna comunicación vaya al día siguiente a trabajar. Un saludo

Si desea que le asesore puede ponerse en contacto conmigo en [email protected]

Hola,

Gracias por la respuesta. Algo que no me queda claro es, si me dicen que la liquidación se hará por transferencia, debe ser efectuada ese mismo día o tengo que esperar; si es así, cual es el plazo de tiempo legal para que me paguen?

Si no me dan ninguna comunicación ni me pagan el finiquito el día 20, el 21 estaré trabajando sin contrato, es cierto que de manera automática después de dos contratos temporales de seis meses se renueva automáticamente a indefinido?

Gracias

Depende de la modalidad de contratación que tuviera. Tenga en cuenta que los contratos por obra y servicio puede ser de hasta 2 años, pero para responderle a eso tendría que estudiar su caso concreto lo que conllevaría un coste para usted.

Respecto a cuando deberían hacer efectiva la liquidación del finiquito, yo exigiría que fuese en ese mismo día, pero para evitar problemas preferiría un cheque conformado. La empresa ha de poner a disposición del trabajador su finiquito en el momento del cese, pero por acuerdo puede aplazarse. Un saludo

Si desea que le lleve su caso puede ponerse en contacto conmigo en [email protected]

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