¿Despido improcedente?

Mi consulta es la siguiente;
Me contrataron en el año 2003 y desde el 2008 que soy indefinido (llevo 8 años en la misma empresa) . Resulta que ahora piden titulación (licenciatura universitaria) para el año 2014 y yo no dispongo de ella.
Cuando me contrataron como cuando me hicieron indefinido no me pidieron nada de eso "es una nueva ley de empresa como quien dice... Que imagino que sera para quitarse personal de encima".
¿Si me despiden en el 2014 (ya que no tengo tiempo real de hacer una licenciatura) este despido seria un despido improcedente? O me podrían despedir sin más ni más... Y por tanto no me deberían de dar 33 días por año trabajado ( que serian 11 años los que llevaría en la empresa, de los cuales 6 años como indefinido )

3 respuestas

Respuesta
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Si en el 2014 te despiden, tendrás que demandar por despido improcedente (si te despiden por otra causa) con indemnización de 45 días.
El despido de 33 días es para los contratos indefinidos de fomento de la contratación, tienes que mirar cual es el tuyo, y siempre que sea un despido objetivo en el que reconocen la improcedencia, si el despido es disciplinario y se gana la improcedencia son 45 días.
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Si te despiden por ese motivo seria improcedente pues si para esas funciones exigen una licenciatura y cuando fuiste contratado no eso es un cambio sustancial en tu contrato y pueden darte otras labores o responsabilidades
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En primer lugar perdona por la tardanza.
Has de saber si esa "nueva ley de empresa" es de carácter retroactivo y con cuanto tiempo de retroactivida, si no lo es, no te afectaría en nada.
Me suena a intentar realizar despidos objetivos, alegando ineptitud sobrevenida con posterioridad a su contratación (falta de titulación) no obstante, la empresa debe de dar un periodo de adaptación y ofrecerle a los trabajadores "antiguos" que no lo tengan un curso de capacitación
Si el despido está bien, tendrías derecho a 20 días con un máximo de 12 mensualidades
Para que te den los 33 días el despido debe ser por razones objetivas, que el juez dictamine que es improcedente y que tu contrato sea "fomento de empleo, transformación de contrato temporal, es decir, el 109"; si no son esos requisitos, te corresponderían 45 días de salario por año trabajado.
Una vez más te pido disculpas por la tardanza.
Besos.

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