Impugnación licencia de apertura de local

Necesito saber si una licencia de apertura de un local "bar de copas con música" concedida por el ayuntamiento de Alcalá de Henares (Madrid) que fue aprobada en enero de 2007 se puede impugnar por defecto de forma, ya que fue concedida aún faltando un documento exigido para la tramitación de la misma. Si hay plazos para la impugnación o si se puede hacer en cualquier momento y si la impugnación la puede llevar a cabo la misma persona que la solicitó o tiene que ser otra diferente.

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Sus preguntas no son tan sencillas de responder como parecen a primera vista.
                                Para interponer un recurso contra una resolución administrativa hay un plazo de quince días: recurso de alzada; o un mes: recurso de reposición. (Unas veces corresponde uno, y otras el otro, depende de quien firma la resolución. ) El plazo empieza a contar desde que se notifica al interesado. Pasado el plazo la resolución es firme y se acabó el asunto.
                         Si Vd. no solicitó la licencia, ni se opuso a la misma (es decir, no fue "parte" en el expediente) sino que ahora por los motivos que sean: ruidos, presidente de una comunidad, escándalos nocturnos, música etc. etc., lo que quiere es impugnarla, tiene que presentar un escrito impugnando la licencia concedida alegando "defecto de forma" y/o inadecuada utilización de la licencia porque el local no está bien insonorizado, por incumplimiento de horario de cierre, en fin, lo que sea.
                         Los defectos de forma, que parece es el sistema que Vd. quiere utilizar, pueden ser de dos clases: subsanables (se pueden arreglar) o insubsanables (la licencia es nula aunque esté concedida).
                          Un Ayuntamiento jamás se "hecha para atrás", prefiere el Juzgado porque es un asunto menos a despachar y además se retrasa años y el que "venga detrás que arree". Así que ya sabe que el asunto va a los Tribunales.
                           El fondo de la cuestión está por tanto, en si el defecto es subsanable o no, y eso SOLO los Tribunales pueden decirlo.
                            Cualquier abogado le dará su impresión, pero solo consultando jurisprudencia y depende de cada comunidad porque el urbanismo está transferido a las comunidades, puede tenerse una referencia más o menos aproximada de lo que el Tribunal puede decidir. Son pleitos difíciles de ganar porque se opone el Ayuntamiento y el que explota el bar de copas y a ambos les interesa dilatar el asunto, hace un año que la licencia está concedida, el local está abierto, puede haber responsabilidad del Ayuntamiento si la licencia se concedió irregularmente etc.
                           Ahora ya sabe, el resto depende de Vd. Suerte
El tema es que la licencia esta a mi nombre, pero el dueño aprovechando el contrato de alquiler del local en el que no se hablabna de traspaso sino que el pacto del mismo fue verbal (por motivos nos metimos en una obra de reforma grandísima), pues ha impedido el traspaso negando a todos los posibles inquilinos que le presentábamos y al final hemos dejado el negocio porque ya era ruinosa la economía y el ha aprovechado para abrirlo de nuevo y ha pedido que le transfieran la licencia en el ayuntamiento. Parece ser que esto si se puede hacer, pero la licencia cuando fue concedida, fue a falta de un documento, precisamente el certificado del ingeniero de la insonorización. Yo al ver que omitieron ese documento por descuido (que habi que presentar según la relación de los mismos para la concesión de la licencia) pues cllé, porque el citado documento me costaba alrededor de 1000 euros y mi economía no era buena... el caso es que concedieron la licencia, el dueño del local se ha quedado con la inversión ya que su local era diáfano y lo convertimos en un local de música y ahora encima le van a transferir la licencia. ¿Qué puedo hacer? ¿No hay nada al respecto?.
Un saludo y aparte de darle las gracias, perdone que le vuelva a inportunar.
Por intentarlo no pierde nada. Presente un escrito en el Ayuntamiento, indicando que era inquilino del local que es titular de dicha licencia y que renuncia a la misma, aparte del defecto de faltar el certificado de insonorización.
                     Yo creo, por sentido común, que van a enviar al técnico municipal para comprobarlo y para evitarse líos.
                     Su renuncia a la licencia, no significa que el local pierda las condiciones para ser abierto, sino que, muy probablemente, tenga que volver a pagar las tasas municipales que, conociendo a las Ayuntamientos, deben ser caras, y si ellos ven la posibilidad de obtener perras se van a mover.
                     En mi opinión le va a costar unos euros al propietario, y la venganza, como Vd. sabe, es un plato que se toma frío...

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