¿Qué ocurrirá en caso de matrimonio?

Expongo mi cuestión: vivo con mi pareja y nuestros dos niños, no estamos casados y la vivienda es 100 % mía aunque tenemos un acuerdo escrito en el que pone que desde que nos conocimos pagamos todo a medias. Nos queremos casar pronto y lo que no se es que pasaría si el día de mañana, ya casados con el régimen habitual de gananciales, nos separamos, ¿qué ocurre con la vivienda?
Respuesta
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La vivienda la compraste tu, en el Registro de la Propiedad está a tu nombre y no hay nada que discutir respecto a la propiedad, Es tuya al 100%
Pero si en el tiempo de convivencia tu pareja ha aportado dinero para pagar hipoteca o pago aplazado de TU VIVIENDA, entonces tu tendrías que devolverle ese dinero que el otro aportó para pagar tu piso.
Otra cosa diferente de la propiedad, es el uso, es decir en caso de separación, quien se quedará viviendo en el piso junto con los menores, pues quien acordéis de mutuo acuerdo y si no quien decida el Juez, que en un 90% dice que se quede la madre junto con sus hijos.
Hola huecha, muchas gracias por responder, es que tengo una duda respecto a que leí que en el régimen de gananciales, efectivamente lo comprado antes del matrimonio es privado de cada uno, excepto la vivienda. ¿Sabes si esto es realmente así?. Gracias nuevamente.
Pero es que en vuestro caso, no hay matrimonio. Por tanto estáis como solteros con vuestros bienes propios.
En algún régimen foral, no recuerdo si en Navarra quizás, si es vivienda familiar, para su venta hace falta el consentimiento del cónyuge. En vuestro caso no hay cónyuge.
[size= small; font-family: Times New Roman]Muchas gracias nuevamente por contestar, bueno en tu respuesta me ha parecido ver que se te escapaba un detalle de la pregunta original que es lo que yo quería saber, que ¿qué es lo que ocurriría, si el día de mañana nos casamos en régimen de gananciales, con la vivienda, de cara a una futura separación?, espero habermen explicado bien. Muchas gracias por tu esfuerzo.[/size]
La vivienda es tuya y nadie te la puede "expropiar", tan solo si como dices hay ruptura, deberás devolver las cantidades que tu pareja ha aportado como destino pagar tu hipoteca, que es difícil acreditar si se ha convivido juntos y hay hijos, ya que unas cantidades son para hipoteca, para colegios, ropa, alimentación, coche, etc.
Por tanto si os casáis en régimen de gananciales, al ser la vivienda adquirida antes del matrimonio, no le afecta, seguirá siendo tuya.
Otra cosa es que hasta que los hijos se independicen, el Juez puede conceder a quien se quede con la guarda y custodia de los menores la vivienda familiar.
En conclusión; LA PROPIEDAD será siempre tuya, y tu pareja te podrá reclamar que ha aportado un dinero para el pago de la hipoteca y que le devuelvas ese dinero, pero tan solo dinero has de devolverle.
En caso de ruptura, EL USO de la vivienda lo atribuirá el Juez a uno u otro, según quien sea quien se quede con los hijos.

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