Contencioso administrativo

El ayuntamiento me ha desestimado el recurso de una multa, y me da la opción de poner un "contencioso administrativo".
Mis 3 dudas son:
1. ¿Puedo ponerlo yo mismo sin necesidad de abogado?. (No puedo gastar dinero ahora). El asunto es claro y simple. Y tengo fotos y un testigo de la situación.
2. Me daban el plazo de 2 meses para poner el contencioso, pero ¿el plazo es hábil o natural?.
3. Y caso de necesitar un abogado, ¿qué puede costar?...
Gracias.
Datos de interés:
Hace unos meses me pusieron una multa alegando que había aparcado en zona peatonal. A la que recurrí por no entender en qué se basaban.
Me desestimaron la protesta, diciendo que es una calle peatonal donde el acceso está cortado por una jardinera. Pero el día que pasé no había jardinera alguna (ni tampoco hay señal vertical alguna que indique que esa calle lo es). Aunque hoy día sí está la jardinera, claro! (2 meses después!). Y así me respalda una testigo que tiene una tienda justo delante de la calle, diciéndome que ahora está la jardinera pero que la quitaron hace unos meses para unas obras, y que acabadas las obras estuvo la calle otro tiempo sin esa jardinera; poniéndola semanas después.
Rafa P. (Palma de Mallorca)

3 respuestas

Respuesta
1
1º No, es imposible acudir a la vía judicial contencioso administrativa sin abogado, con independencia de la cuantía la ley de la jurisdicción contencioso administrativa exige siempre que quien pretenda acudir a esta vía lo haga por medio de abogado
2º El plazo cuenta de fecha a fecha desde la notificación, si el último día del plazo es sábado o domingo finalizaría el lunes siguiente
3º Respecto al coste de abogado, los honorarios son libres en nuestro país por lo que puede negociar libremente con uno o varios esos honorarios, es conveniente que firme una hoja de encargo por duplicado donde queden reflejados estos extremos
Respuesta
1
1.- La intervención de abogado para interponer recurso contencioso administrativo es obligatoria.
2.- Es un plazo natural.
3.- Depende de cada abogado. Lo mejor es que acuda a alguno de su localidad y que le digan precios.
Respuesta
1
Lo puede poner sin procurador, pero necesariamente con abogado. En cuanto al precio, pues ahí hay libertad de pacto, osea que es cuestión de que busque un compañero que se acomode a sus posibilidades. El plazo de dos meses es natural.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas