Impugnación de justicia gratuita denegada

Mi situación es la siguiente: el día 27/09/2011 mi solicitud de justicia gratuita resulta denegada en base:
-El solicitante o su cónyuge está en situación laboral de alta y/o percibe prestaciones públicas.
-El solicitante fue requerido en su domicilio, requerimiento que no recogió, siendo devuelto por Correos (nunca fuí requerido)
Con base a lo expuesto [...] según el art 18.2 y en su caso art 22 del referido Decreto 269/2008, que es de aplicación en a orden jurisdiccional penal "cuando el imputado se encuentre presumiblemente...", lo que no sucede en este caso pues está acreditado que la unidad familiar percibe ingresos derivados de actividad laboral, la comisión resuelve: DENEGAR.
Actualmente estoy estudiando y tengo un trabajo a tiempo parcial (6 horas), en el cual percibo un salario bruto de 10243 euros. En la fecha en que se celebra el juicio, no pertenezco a la unidad familiar sobre la cual se presenta declaración de IRPF ya que desde el mes anterior al que se formula la denuncia comparto un piso de alquiler. En la impugnación realizada expongo todo ello, alego no haber recibido requerimiento alguno en el MISMO domicilio donde se recibe la denegación y adjunto:
-Certificado de haberes de la empresa donde consta salario bruto (inferior al doble del salario mínimo interprofesional).
-Contrato de alquiler con fecha anterior a la celebración del juicio, alegando también la no posesión de bienes inmuebles a mi propiedad.
En la vista celebrada esta mañana, el letrado de la comunidad no comparece. La secretaria me pregunta si quiero añadir algún otro documento a los ya aportados, mi respuesta es no, ya que considero que con lo aportado debería ser suficiente. Me pregunta si estoy trabajando y respondo que si. Y sin más redacta el siguiente acta:
Ante SSª, asistido del Secretario judicial, comparece [...] el cual queda enterado del objeto de esta comparecencia y manifiesta:
Que trae la misma documentación que está unida a autos, no tiene nada más que aportar.
Que actualmente se encuentra trabajando.
Con lo anterior, se dio por terminado el presente acto del que se extiende la presente, que leída, es hallada conforme por todos los asistentes, firmando conmigo en prueba de lo anterior haciéndose entrega de copia de la misma de lo que doy fe.
Acta que, tras meditarlo un rato, he firmado. Mi situación económica actual me permite llegar a fin de mes. Temo que por encontrarme "en situación laboral de alta" tenga que asumir los costes de un abogado que por ley no tendría que costear (mi sueldo es de 800 euros mensuales). Aún así tengo serias dudas de que la justicia gratuita me sea concedida. Más todavía tras comprobar las respuestas con sorna de la secretaria a mis preguntas.
Te agradezco de antemano cualquier respuesta que me pueda servir de ayuda.

2 respuestas

Respuesta
1
¿Qué órgano le deniega a usted el beneficio de la justicia gratuita?
¿Qué recursos caben, plazo para interponerlos, ante qué autoridad?
Me es denegada la solicitud por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, el 27 de septiembre de 2011.(sin que previamente se me requiriese documentación alguna, nada más que la solicitud presentada por el abogado de oficio el día del juicio).
Presento la impugnación el día 6 de octubre, dentro del plazo de 5 días.
A día 14 de noviembre recibo una citación del juzgado de lo penal, a la que acudo hoy 16 de enero. Según la secretaria se me comunicará la resolución en los próximos días.
Gracias.
El plazo para recurrir la resolución denegatoria ha caducado y perdido el derecho a ello.
Será asistido el día de la vista por un Abogado de Oficio si no tiene uno contratado por usted, al ser imperativo de la Ley.
No hay nada más que usted pueda hacer.
Ruego cierre y valore
Disculpe la insistencia, pero el juicio ya se ha celebrado en junio del pasado año, un juicio rápido. Y la impugnación a la resolución denegatoria se ha realizado dentro del plazo de 5 días que marca la ley, el 6 de octubre. Por cierto, por tu username veo que eres gallego, todo esto ha sucedido en Vigo, supongo que sólo queda esperar. Aunque viendo como se hacen las cosas por estos lares, probablemente me van a crujir. La justicia no es igual para todos, y la gratuita me temo que otra farsa. Saludos.
Lamentablemente la justicia es como es y de momento no hay otra, como dijeron los romanos "sed lex, dura lex", ley dura, pero es ley.
No puedo opinar si será usted condenado o no, porque el Derecho Penal no es mi especialidad que la es sobre Derecho Civil y Administrativo.
Ruego cierre y valore
Respuesta
-1
Pues si usted ha aportado nueva documentación, no debería haber firmado el acta que le indican... pues no es correcto y eso puede afectar a la declaración para la justicia gratuita...
En cualquier caso, si no le corresponde, no podrá hacer mucho mas de lo que ha hecho... y si ha de pagar las costas del abogado (propio), puede intentar negociar con el las mismas...
Agradecemos valoración de al respuesta.
No he aportado más documentación que la presentada con anterioridad.
Me es denegada la solicitud por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, el 27 de septiembre de 2011.(sin que previamente se me requiriese documentación alguna, nada más que la solicitud presentada por el abogado de oficio el día del juicio).
Presento la impugnación el día 6 de octubre, dentro del plazo de 5 días.
A día 14 de noviembre recibo una citación del juzgado de lo penal, a la que acudo hoy 16 de enero. Según la secretaria se me comunicará la resolución en los próximos días.
Mi duda es la siguiente, entiendo que la denegación por parte de la comisión se debe a que han accedido a los datos tributarios de mi declaración de 2011 donde formaba parte de una unidad familiar dónde los ingresos superan el máximo establecido. Con la documentación presentada acredito que en el momento de la denuncia ya no pertenezco a esa unidad familiar, con lo cual se cumple el requisito de no superar el doble del IPREM. De manera que la justicia gratuita debiera ser concedida.
Gracias.
Pues esta documentación la ha de presentar en el colegio de abogados... mediante su abogado o directamente... para poder tener el derecho a justicia gratuita...
Agradecemos valoración de la respuesta.

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