Necesito información para crear una empresa S.L. A partir de otra C.B.

Tengo algunas dudas y me gustaría que pudierais ayudarme.
Tienda ecologica, C.B. De dos personas, va a pasar a S.L. Incluyendome a mi como socia.
Las tres vamos a trabajar a tiempo parcial pero no se de que forma se puede hacer.
Impuesto de Sociedades, creo que es el 25-35% sobre el beneficio, ¿de qué depende que sea un porcentaje u otro?
¿Qué se puede desgravar o donde puedo buena información sobre esto?
¿Se necesita un permiso especial para los trattamientos de fisioterapia?
Hay pofesionales que vendrían a impartir diferentes terapias cita previa, ¿cómo se podría gestionar legalmente esta relación comercial con el menor coste para ambos?
Muchas gracias, espero que no hayan sido demasiadas preguntas a la vez, aunque aun tengo más dudas jajaja
Lo dicho, muchas gracias a tod@s

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Estimada Yololilla.
Por de pronto es necesario que disuelvan y liquiden la comunidad de bienes procediendo a repartir una vez saldadas las deudas que pueda tener la mercantil, préstamos y demás el activo y el remanente que pueda quedar de acuerdo al % de cada uno de los componentes de la CB.
Posteriormente deberán realizar el acuerdo de puesta en marcha de la SL procediendo a solicitar el certificado del nombre de la mercantil al registro mercantil. En el caso de que el nombre esté disponible les otorgarán la posibilidad de reservarlo previo pago de las tasas correspondientes.
Una vez realizada esa acción, deberán proceder a constituir el capital social de la mercantil mediante depósito en metálico de 3.000 eur a nombre de cada uno de los socios de la mercantil en base al % de capital que cada uno va a disponer y en bases al % de participaciones que cada uno va a disponer dentro de la mercantil. (También se puede hacer la aportación en bienes muebles o inmuebles - pero explicarle esto ya sería harto complicado).
A partir de ahí correspondería realizar y otorgar la escritura de constitución ante notario.
Habría que reseñar aquí como se constituye la sociedad, que tipo de órgano de gobierno, etc, etc, etc... cosa que me llevaría horas comentar...
Llegado el caso, el hecho de trabajar a tiempo parcial o completo no tiene ningún tipo de incidencia en la forma constitutiva ni el tipo de órgano de gobierno.
Dado el elevado nivel de desconocimiento societario que tienen sería conveniente que se pusieran en manos de un asesor...
Pueden encontrar algunos datos más en este link (pese a que no está actualizado según la normativa actual de las sociedades de capital aprobada el año pasado a partir del Real Decreto Legislativo 1/2010). - http://www.crear-empresas.com/socmerctram.htm
Así mismo es posible que les sea más conveniente otra forma societaria de tipo laboral (cosa que también tendrían que establecer con un asesor).
La Ley del Impuesto de Sociedades es muy compleja ya que no son los tipos de % que indica los únicos que hay y además es necesario conocer que aspectos son desgravables y cuales no ya que en una mercantil hay una contabilidad oficial fiscal y una contabilidad de gestión que supone aplicación de normas distintas en uno y otro caso. Respondiendo a su pregunta (aunque habrá que matizarla en todos los casos de acuerdo a la aplicación del epígrafe de la norma que le sea de aplicación) que el tipo reducido se aplica a pequeñas empresas o microempresas que no superan los 2 millones de euros de facturación y que cumplen con una serie de requisitos que están redactados en la Ley de Sociedades y que sería también muy largo de reproducir en este espacio.
Las desgravaciones las puede encontrar en la Ley del Impuesto de Sociedades (que es tremendamente larga y compleja - http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rdleg4-2004.html. No obstante, no le sugiero que trate de hacerlo vd., misma salvo que tenga muchos conocimientos contables y de fiscalidad.
Para los tratamientos de FISIOTERAPIA como tal se necesita disponer de la TITULACIÓN UNIVERSITARIA correspondiente - que está regido por la propia ley de Profesiones Sanitarias y solicitar la licencia de actividad municipal correspondiente además de tener un buen seguro de responsabilidad civil contratado.
La relación comercial con colaboradores se puede establecer básicamente de cuadro modos:
a) Mediante contrato laboral a tiempo parcial.
b) Mediante contrato mercantil
c) Mediante alquiler de espacio de trabajo
d) Mediante cobro de comisiones respecto del trabajo (una factura comercial de comisionista sería lo necesario).
El menor coste dependerá del interés de la empresa vista como un todo y considerando los resultados anuales de la mercantil... todos ellos tienen sus pros y sus contras y dependen al mismo tiempo de la condición legal o ilegal de esas personas que realicen terapias (que en su mayor parte no tienen declarada la actividad ni están dados de alta en el RETA - cosa que sería obligatoria en las opciones b y d, teniendo que contratar vds., con contrato laboral en la opción a (la más cara de todas) y siendo a riesgo y ventura la c) ya que pueden tener responsabilidad solidaria en los actos que realice el profesional y que generen daños o perjuicios de los que puede responsabilizarse al centro.
Siento decirle que su nivel de conocimiento de empresa y de gestión sería conveniente lo dirigiera hacia profesionales en el ámbito de su labor profesional de pago y no en este foro ya que la cantidad de información obliga a emplear muchísimo tiempo a contestar sus dudas que son muchas y de índole general.
Discúlpeme el atrevimiento anterior.

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