Contratos
Hola,
me gustaría saber si después de haber contratado a un trabajador con un contrato de duración determinada (402), y haberle hecho una prórroga tácita hasta el máximo de duración permitida para estos contratos (12 meses), ¿se le puede volver a contratar? ¿Con qué tipo de contrato? ¿Se le puede hacer un contrato de fin de obra?
Muchas gracias
me gustaría saber si después de haber contratado a un trabajador con un contrato de duración determinada (402), y haberle hecho una prórroga tácita hasta el máximo de duración permitida para estos contratos (12 meses), ¿se le puede volver a contratar? ¿Con qué tipo de contrato? ¿Se le puede hacer un contrato de fin de obra?
Muchas gracias
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Respuesta de chiqui75
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