Contrato obra y servicio

Estimada Experta, mi pregunta es sobre contrato de obra y servicio:
   Voy a empezar a trabajar en una empresa con un contrato inicial de obra y servicio de 1 año de duración aproximada y cuando llegue la fecha si les sirvo me contratan de una manera u otra en función de las subvenciones. Pero mi dudas son:
- ¿Tengo vacaciones? ¿Si pido algo de vacaciones me kitan la parte proporcional del sueldo?
- Tengo hipoteca de mil euros (¿me corresponden 500? Por estar casado) y me pregunto que cuanto me ponía del IRPF, que me conviene un 2% o lo que me corresponda ya que luego lo recuperaré en la renta, ¿qué es más conveniente?
Gracias por tu atención

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Las vacaciones las generas indepedndientemente del contrato que tengas y el computo se hará dependiendo de como se devenguen las vacaciones en tu empresa. Si son en año natural, es decir del 1 de Enero al 31 de Diciembre calcula que por Ley te corresponderán 2,5 días por mes trabajado.
Respecto al tema de IRPF afectan muchas más cosas para el calculo de la renta. Lo normal es que si el contrato no dura el año 2008 entero y si no has trabajado antes con otra empresa (los tres primeros meses del 2008) tu retención sea, como dices, la mínima. Ese calculo sale por un programa de Hacienda que se introduce todos los meses para hacer la nómina. Si no quieres tener sorpresas con Hacienda el año que viene y tienes la certeza de que continuaras con la Empresa deberías subirte voluntariamente la retención y fijarla dependiendo de tus ingresos y tu situación familiar (si estas casado, soltero, divorciado, si tienes hijos a tu cargos, etc). COmo mínimo deberías pedir a la Empresa que te suban la retención un 10-12%, pero eso es un calculo que debes decidir tu aproximado

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