De autónomo a trabajador por cuenta ajena

Hola. Mi pregunta es saber si los 6 meses que he estado como autónomo dentro de la empresa en la que trabajo ahora me cuentan como antigüedad en la misma o solo desde que firme el contrato de trabajo, una vez deje de ser autónomo, porque en la nomina me pone como fecha de antigüedad desde que firme el contrato en el régimen general.
Otra pregunta si se me permite, es saber si los autónomos tienen derecho a solicitar de la empresa una liquidación o finiquito al terminar la relación laboral, pues a mi no me dieron nada de nada. Por no firmar no firme ni finiquito ni nada
Saludos

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Es correcto que la fecha de inicio sea la del contrato ya que la relación previa de autónomos no es vinculante entre empresa y trabajador Por ello tampoco procede el finiquito o la liquidación puesto que estos solo se producen cuando existe una relación contractual, que en el caso del autónomo es puramente de prestación de servicios.

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