Ante un posible despido

Buenos días, mi inquietud en estos momentos es, como la mayoría de los españoles, mi situación en el trabajo. Bien, pongo un poco en antecedentes, trabajo desde hace poco más de cuatro años en una empresa pequeña de la construcción que, tal y como están las cosas, es un logro que hayamos aguantado hasta ahora. Nuestro principal problema no es tanto la falta de trabajo, sino que nuestros principales clientes nos han dejado de pagar por falta de liquidez suya, con lo que nos vemos que no entra a penas dinero, se acumulan los pagos a proveedores, en fin, ...
Nuestros jefes nos han puesto ya al tanto de la situación para que no nos pille de sorpresa lo que pueda pasar, es decir, se han planteado un ERE, despidos, etc., pero hace unos días nos insinuaron que no hay liquidez, con lo que nuestros despidos, etc., de haberlos, a lo mejor no se pagarían o sí, no se sabe...
Bien, no se cómo actuar en estos casos, si la empresa se declara insolvente (aunque yo sé que mi jefe sin dinero no se queda), cuáles son mis derechos de darse una situación así, cuánto lo que me correspondería, cómo reclamarlo. No es tanto ya a estas alturas que me despidan o no, si no que lo hagan en condiciones. Si llega el momento en que tienen que prescindir de mi y me dicen que no tienen dinero para hacerlo, ¿qué puedo exigir yo? ¿Y cómo?
Me gustaría me explicases este asunto. Mi inquietud, como te he dicho, es que no sé cómo actuar en estos casos. No hay dinero y me van a intentar "racanear", si se da la situación, todo lo que puedan, porque lo he visto con otros compañeros, ex- compañeros ya.
Gracias de antemano por la atención prestada.
Un saludo,
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Siento la demora en contestar pero ando muy liada. En caso de que te despidan han de pagarte, tengan dinero o no. Si el despido es improcedente te corresponde una indemnización de 45 días de salario por año trabajado. Si el despido es objetivo (que existan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) la indemnización seria de 20 días de salario por año trabajado. Si la Empresa quiebra o se declara insolvente (hay que demostrarlo perfectamente) los salarios de la indemnización corren a cargo del FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)
Si la empresa deja de pagarte la nomina puedes interponer una demanda de reclamación de cantidad ante la Inspección de trabajo o el SMAC (Servicio de Mediación arbitraje y COnciliacion) y pedir la resolución de tu constrato por incumplimiento de los deberes del empresario en cuy caso te tendrían que pagar una indemnización de 45 días

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