Despido

Hola.
Tengo un contrato fijo de dos años de comercial y me van a despedir, me lo tienen que comunicar, en el anexo al contrato hay una clausula que dice que si no se cumplen las ventas (mi caso por la crisis) que marca la empresa en virtud del articulo 52. A del ET la empresa se reserva el derecho de rescindir el contrato sin indemnización alguna.
Mi presunta es, con cuanto tiempo me tienen que avisar por escrito, si tengo derecho a indemnización y si el hecho de que sea objetivo, le afecta a la prestación por desempleo.
Un saludo.

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Te podrían avisar de un día para otro pero pagarte el preaviso de 15 días en la indemnización (suele ser lo normal). En tu caso, si el despido es objetivo como dices te corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado aunque en la clausula de tu contrato ponga lo que ponga ya que ese tipo de clausulas contractuales son ilegales y abusivas ante un Juez.
En caso de que finalmente te despidieran yo acudiría al SMAC (Servicio de Mediación Arbirtraje y Conciliación) e interpondría papeleta de conciliación por despido improcedente para conseguir la indemnización de 45 días. El despido es libre pero no gratuito así que luecha por tus intereses.
Para cualquier tipo de despido, sea procedente, improcedente u objetivo hay derecho a la prestación por desempleo (tienes 20 días desde la fechja del despido para denunciarlo y 15 días desde la fecfha del despido para solicitar el paro)

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