Reformular pregunta más concreta
Quisiera reformular mi pregunta con más concreción pues mis asesor me tiene un poco confundido. Soy autónomo. En mayo de 2007 me dieron la invalidez absoluta. La resolución del INSS la recibí el 10 de octubre siguiente. Entonces tenía 61 años. En la resolución figura la nota de "Esta calificación podrá ser revisada por agravación o mejoría a partir del 20-08-2009". Ante dicha situación y debido a la importante cartera de pedidos que tenía, así como de que podía existir la posibilidad de que ante la futura revisión, caso de ir a mejora quedara nula la declaración quedando a falta de dos años para la jubilación, me aconsejaron continuar el negocio con mi mujer de Regente. Mi mujer trabaja 42 años para otra empresa y está pagando como regente la cuota de autónomo. Ahora, según las noticias que tengo, el INSS, seguramente, no pasa la anunciada revisión y da como definitiva la primera calificación, no procediendo a comunicación alguna. Y mi pregunta es: ¿Qué procedimiento debo seguir para cerrar la actividad y que indemnización le corresponde al trabajador?
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