¿Despido improcedente o despido nulo?

Gracias por adelantado, por su respuesta.
Empecé a trabajar de teleoperadora el 8/01/07 en GSS con un contrato por fin de obra para R-RESIDENCIAL, el 29/10/07 me ascendieron a coordinadora del mismo servicio y durante un periodo de 8 meses desde febrero del 2008 hasta septiembre del 2008 ejercí tanto de coordinadora de empresa como de residencial .
Estaba embarazada y cogí baja medica el 21/09/09,he dado a luz el día 24/09/09 , mi hijo ha nacido con 31 meses y esta en la uci de neonatos, donde si todo va bien permanecerá ingresado 45 días (eso calculan los médicos). Mi baja por maternidad no empieza a contar hasta que no me lleve al niño a casa.
Me han notificado el fin de obra con los 15 días de preaviso, por lo que mi contrato se rescinde el 30/09/09.
¿Me pueden despedir estando en esta situación?.
¿Me puedo considerar indefinida?
Atentamente . Gracias.

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¿Me pueden despedir estando en esta situación?. No hasta que no se pueda demostrar que se ha acabado R-residencial
¿Me puedo considerar indefinida? Sólo en el caso que sea considerado fraudlento el contrato de obra, sino no.
El servicio de R -RESIDENCIAL si desaparece, nos despiden a las 12 personas que estamos, pero estando yo de baja y habiendo ejercido de coordinadora para R-EMPRESA, cuando mi contrato especifica que es para R - RESIDENCIAL,¿se considera fraude el contrato? ¿Me pueden despedir con un fin de obra estando de baja por embarazo?
No es fraude el contrato
Si te pueden despedir ya que la relación causa efecto del embarazado no se sostiene puesto que echan a más gente
¿Por qué no es fraude el contrato, si ejercí en r empresa, cuando especifica que es para R residencial?
Upps, lapsis no lo habia visto, es cierto es fraude, pero lo del despido sigue igual

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