Cierre de empresa

Este es otro caso que me interesa aunque de manera no personal.
Un bar con empleados fijos traspasa el local, la empresa cierra. Esos empleados, según me ha dicho un asesor del que no me fio mucho, si cobrasen la indemnización de la empresa (por cierre) no cobrarían paro, pero si prefieren cobrar paro entonces no se les paga la indemnización. ¿Es posible que esto sea así?
Respuesta
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No es así.
La indemnización a la que se tiene derecho por los años de antigüedad no se pierde por cierre de la empresa ya que si ésta no puede pagarlo se solicita al Fondo de Garantía Salarial que para esto se ha cotizado. Se tendría que reclamar judicialmente pero no se perdería.
Independientemente de ello, se podría cobrar la prestación de desempleo si se tiene derecho a ello.

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