Despido

Hola!
Mi pregunta es la siguiente:
Me despidieron ayer sábado a ultima hora por medio de una encargada las cuestiones son las siguientes teniendo un contrato indefinido con 2 meses de prueba (empecé el 1 de septiembre) y tengo el convenio colectivo de establecimientos sanitarios de Madrid quisiera saber lo siguiente:
1º:Si me tenían que haber avisado con 15 días de antelación.
2º: No me han pagado la nómina de este mes trabajado aun para saber hasta cuando tienen para pagarme aunque yo no firme que este de acuerdo ya que me han puesto que me pagan 30 días este mes el cual tiene 31.
3º Si las pagas están prorrateadas cosa que creo que es ilegal pues si se puede hacer algo al respecto ya que en el finiquito solo me han incluido 5 días de vacaciones que me pertenecen por esos 2 meses.
4º Saber si tengo que firmar los papeles y poner: No conforme o solo ponerlo sin firmar nada.
5º A mi encargada le han dicho que me echaban para meter a otra que llevaba de baja 5 meses y se tenia que incorporar y en la carta de despido han puesto que no supero el periodo de prueba.
Un saludo y gracias, espero su respuesta.

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1. Los despidos durante el período de prueba pueden hacerse sin previo aviso. Lo mismo ocurre con las renuncias voluntarias del trabajador durante dicho período.
2. Si te han despedido ayer, evidentemente te pagarán 30 días de 31, ya que no has trabajado todo el mes. La rescisión
3. El pago debe hacerse obligatoriamente en el momento de la firma de los documentos de rescisión de la relación laboral. Si no le pagan, denúncielo.
4. Pagas extraordinarias: Esto puede verificarlo consultando su nómina o su contrato de trabajo. En dichos documentos debería aparecer de forma fehaciente si hay o no pagas extraordianarias. En caso de haberlas, la cuantía de las mismas se incluirían en el finiquito. Si no están incluidas, puede denunciarlo.
5. Vacaciones: Los 5 días son correctos. Son la sexta parte de lo que marca su convenio.
6. Firmar: Siempre debe firmar, y ante la duda, ponga no conforme.
7. Razones de la ruptura: De acuerdo la legalidad vigente, la empresa no tiene porque justificar un despido durante el período de prueba. Y aunque la no superación argumentada por la empresa no fuese la verdadera razón de la ruptura, sería muy difícil ( por no decir imposible) demostrarlo delante de un juez.
Ok muchísimas gracias se me ha quedado solo pendiente de preguntarle una ultima cosa.
¿Me acabo de leer el contrato y en el no pone nada de proratear las pagas si no lo pone en el contrato y si en la nómina igualmente sigue siendo legal?
Gracias.
Si lo pone en la nómina es legal.

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