Pagas extras fijo discontinuo

El año 2011 tenia un contrato temporal por circunstancias de la producción que comenzó el 12 abril 2011 un contrato de 3 meses y me lo renovaron hasta 6 meses mes hasta 12 abril 2012, el 31 de diciembre de 2011 me cambiaron el contrato a fijo discontinuo y me liquidaron manteniendo la antigüedad y llamamiento para reincorporarme en marzo del 2012 la cuestión es ahora cuando cobre la paga extra de junio del 2012 que cobrare entera o la parte proporcional desde marzo a junio 2012? Al mantener la antigüedad.

Respuesta
1

Exacto al mantener la antigüedad cobras desde que empezaste asta ahora

entonces la paga de verano cobrare la parte proporcional desde cuando comencé este año marzo 2012 a junio 2012? no la cobrare entera porque me finiquitaron el año pasado?

Con todas las pagas y la antigüed si te finiquitaron el contrato anterior empezarías a cobrarlas des la fecha del nuevo contrato y la antigüedad lo mismo

Si le han mantenido la antigüedad entonces las tiene que cobrar desde la fecha de inicio del 1 contrato y la antigüedad lo mismo

gracias por contestar pero lo que no entiendo es que el año pasado la paga de junio cobre la parte proporcional desde que comencé en abril y al finiquitarme porque me pasaron a fijo discontinuo manteniedo la antigüedad me dieron la parte proporcional de la paga de junio que faltaba con lo cual del año que devenga la paga de junio ya me la pagaron toda entera con lo cual este año tendría que ser desde el 1 enero 2012 al 31 diciembre 2012 es decir la paga del año pasada ya esta pagada en dos partes una parte proporcional de abril a junio y otra al finiquitarme desde junio a diciembre 2011.

Las pagas no van desde enero del año en curso sino de fecha de paga ejemplo desde 18 de julio del 2011 al 18 de julio del 2012 y lo mismo con las demás

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