Vacaciones vs baja. Y dietas

Hola, estoy de baja por ss desde enero y estaré por lo menos hasta julio, la empresa me da las vacaciones en junio, perderé las vacaciones si en junio estoy de baja o me corresponderán más tarde aunque fuesen pasado el verano.
La segunda pregunta es sobre si las dietas que me pagaron en el 2002 en las nominas están exentas de irpf ya que creo que si y la empresa no lo hace constar en el papelito para la declaración y ademas no es que sean dietas en verdad son horas extras y lo que quiero saber si esto de las dietas lo denuncio en inspección de trabajo o si se puede en hacienda.

1 respuesta

Respuesta
1
A tu primera pregunta decirte que si las vacaciones las tienes establecidas para el mes de junio y permaneces de baja médica por esas fechas la empresa no está obligada a trasladarte dichas vacaciones a otro período, por lo que en principio las perderías.
Respecto a la segunda pregunta, las dietas estarían exentas de cotización y retención, hasta 52,29 ?/día en el supuesto de pernoctar o 26,14 ?/día de no pernoctar. Si realmente se tratase de horas extras, entonces el importe íntegro estaría sujeto a cotización por contingencias profesionales, no así para comunes, y también estarían sujetas a IRPF, aunque tendrías que demostrar ante la Inspección de Trabajo de que realmente dichos abonos se corresponden a tal concepto, por lo que tendrías que tener algún medio de prueba.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas