A no ser que los representantes sindicales de los trabajadores de la empresa en la que trabajas, hayan firmado en el convenio colectivo alguna clausula mediante la que consiente la congelación temporal del IPC una empereza que no esta en concurso de acreedores ni a sido declarada insolvente por un juez y ademas no tiene perdidas ni disminución de las ventas esta obligada a revisar el IPC, cada año o cuando lo establezca el convenio colectivo, y si el IPC experimento un incremento determinado la empresa tiene que subir el sueldo de sus trabajadores en la misma cuantía que lo haga el IPC, así que deberías de consultar el convenio colectivo tentó sectorial como el de empresa por si el de la empresa mejora el sectorial y si tenéis representantes sindicales se lo puedes preguntar a cualquiera de los componentes de los representantes porque están obligados a darte toda clase de información referente a las condiciones laborales pactadas con la empresa o todo lo relacionado con el convenio sectorial y de empresa y si tienes algún problema te presentas en la inspección de trabajo para que sean ellos los que te informen sobre esa cuestión, porque los inspectores de trabajo no solamente están para incoar expedientes sancionadores si no que también están para informar a los trabajadores de temas laborales como el del IPC. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..