Si ha querido dejar el trabajo, o ha tenido que dejar el trabajo por cualquier circunstancia, hay un tiempo en el que tiene que preavisar al empresario, ese tiempo se lo marca el convenio colectivo o en su defecto el Estatuto de los Trabajadores. Por lo general, si el contrato es indefinido, usted debería haber avisado con 15 días de antelación. Si es otra modalidad, tendría que mirarlo usted en el convenio. Si se ha ido sin avisar el empresario puede demandarle por daños y perjuicios y en estos casos lo que suele hacer el juez es "penalizar" al trabajador descontandole del finiquito los días que no ha avisado con antelación, lo que debe hacer es mirar el convenio y el contrato para saber los días con los que tenia que haber avisado. Salvo eso no puede hacer otra cosa.