Cobrar el paro por 2 trabajos

Actualmente estoy trabajando en dos empresas. En una de ellas, tanto la antigüedad como el sueldo es mucho menor que en la otra. Como se va a proceder cuando llegue la hora de cobrar el paro. Gracias!

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Las condiciones para percibir la prestación por desempleo exigen haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la situación de paro.
La cuantía se calcula a partir de la llamada base reguladora, que se obtiene dividiendo entre 180 la cantidad de dinero que la empresa ha cotizado a la Seguridad Social por el trabajador en los últimos 180 días naturales, incluido el periodo de vacaciones si corresponde.
Para saber cuál es esa cantidad cotizada basta con buscarla en la nómina. Aparece en el apartado Base Contingencias Comunes.
Por ejemplo, una persona que fue despedida el 13 de mayo de 2003 y quiera saber cuánto cobrará de paro al mes deberá contar hacia atrás 180 días y empezar a calcular desde ahí las contingencias comunes que la empresa ha pagado por ella a la Seguridad Social. En este caso, la fecha a la que ha de remontarse es el 16 de noviembre de 2002.
Noviembre. La base de contingencias comunes que aparece en su nómina de este mes es de 1.763 euros. Debe dividirla por los 30 días del mes y multiplicarla por 16 días (1.763 : 30 X 16 = 940,26 euros).
Diciembre. La base de contingencias comunes que le aparece en la nómina es de 1.773 euros.
Enero, febrero, marzo y abril. En todos esos meses se repite la misma cifra, 1.816 euros. La base de contingencias es algo superior a la de diciembre porque le aumentaron el sueldo a principios de año.
Mayo. Despiden al trabajador el día 13. La base de contingencias comunes que aparece en su nómina se corresponde con la de esos trece días (no hay que hacer ningún cálculo), es de 787 euros.
Sumamos la base de contingencias de todos estos meses y lo dividimos entre 180 para obtener la Base Reguladora Diaria, es decir lo que cobrará de paro la persona por día, y lo multiplicamos por 30 días para saber lo que cobrará de paro cada mes:
940,26 (noviembre) + 1.773 (diciembre) + 1.816 (enero) + 1.816 (febrero) + 1.816 (marzo) + 1.816 (abril) + 787 (mayo) = 10.764,26 : 180 X 30 = 1.794,04 euros al mes (Base Reguladora Mensual).
Al trabajador que tomamos como ejemplo le corresponden 420 días de paro (14 meses). Durante los 180 primeros días tiene derecho a cobrar el 70% de la Base Reguladora Mensual.
70% de 1.794,04 euros = 1.255,82 euros de paro durante los primeros 180 primeros días (unos seis meses).
Para el resto de meses tiene derecho a cobrar el 60% de la Base Reguladora Mensual. 60% de 1.794,04 euros = 1.076,42 euros, durante el resto del tiempo (unos ocho meses).
Pero esas dos cifras (1.255,82 euros y 1.076,42 euros) están por encima del tope máximo establecido para las prestaciones por desempleo de 2003. Así que el trabajador de nuestro ejemplo sólo podrá percibir el tope legal, que es para este año de:
894, 88 euros al mes si no tiene hijos a su cargo.
1.026,48 euros al mes si tiene un hijo a su cargo.
1.158,08 euros si se tiene dos o más hijos a su cargo.
De la misma forma que hay unos topes máximos de la cuantía de la prestación también hay unos topes mínimos. Los correspondientes a 2003 son éstos:
526,40 euros al mes si no se tienen hijos a su cargo.
394,80 si se tiene uno o más hijos a su cargo.
Ningún parado con derecho a prestación por desempleo puede cobrar una cantidad inferior a estos topes mínimos aunque al calcular la cuantía que le corresponde a partir de su base reguladora le salga una cifra inferior. Sólo cobrará menos si tenía un contrato a tiempo parcial, ya que el tope de la prestación se establece según la duración de la jornada laboral.
Otro dato a tener en cuenta es que en el primer pago de la prestación por desempleo se aplica una retención de 10 días, pero esto no significa que el beneficiario no tenga derecho a ellos. La cuantía correspondiente a esos 10 días se le abonará en el momento en que deje de percibir la prestación, cuando termine el período de pago que le corresponde o se interrumpa porque la persona encuentre un empleo.
[ Duración de la prestación ]
La duración está en función de los periodos cotizados por el trabajador, tal como se indica en este cuadro:
Período de ocupación cotizada en los seis últimos años Duración de la prestación
Desde 360 hasta 539 días 120 días
Desde 540 hasta 719 días 180 días
Desde 720 hasta 899 días 240 días
Desde 900 hasta 1.079 días 300 días
Desde 1.080 hasta 1.259 días 360 días
Desde 1.260 hasta 1.439 días 420 días
Desde 1.440 hasta 1.619 días 480 días
Desde 1.620 hasta 1.799 días 540 días
Desde 1.800 hasta 1.979 días 600 días
Desde 2.160 días 720 días

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